SIVASLIAN, ROSA s/SUCESION
El heredero testamentario interpuso un recurso extraordinario federal tras la inadmisibilidad de su queja por casación denegada, argumentando su situación de vulnerabilidad. La Corte Suprema dejó sin efecto la decisión provincial, señalando que el rigor formal vulneraba su derecho de defensa y acceso a la justicia.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Clausura del acceso a la instancia revisora local: rigor formal incompatible con el derecho de defensa en juicio
El superior tribunal provincial declaró la inadmisibilidad del recurso de queja por casación denegada interpuesto por el heredero testamentario con fundamento en que la concesión del beneficio de litigar sin gastos fue acreditada pero con posterioridad al vencimiento del término para la interposición del recurso. El peticionante interpuso un recurso extraordinario federal donde puso de resalto que es una persona en situación de vulnerabilidad y que se omitió ponderar adecuadamente sus circunstancias personales —edad avanzada, escasas posibilidades económicas y reducida movilidad física—.
La Corte dejó sin efecto este pronunciamiento.
Expresó que la declaración de inadmisibilidad del recurso local por falta de depósito, sin valorar las particularidades del caso, configuraba una solución formalista que frustraba el acceso a la jurisdicción a que tiene derecho el peticionante y destacó que éste había denunciado la existencia de un incidente de beneficio de litigar sin gastos concedido en forma provisional.
Recordó que no cabe restringir el acceso a instancias superiores de revisión de decisiones judiciales en función de interpretaciones dogmáticas y de excesivo rigor formal a propósito de la admisibilidad de los recursos locales, ya sea mediante la obligación del pago previo de tasas, de los montos de condena, la imposición de depósitos previos, la fijación de montos mínimos para apelar u otros requerimientos económicos de cualquier índole, en la medida que condicionen, restrinjan o limiten el acceso a la jurisdicción.
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Normas que cita
- Constitución Nacionalarts. 16, 18
- CPCCT (Tucumán)arts. 810, 812
- INTERAMERICANA SOBRE PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS DE LAS PERSONAS MAYORES
- 100 REGLAS DE BRASILIA SOBRE ACCESO A LA JUSTICIA DE PERSONAS EN CONDICIÓN DE VULNERABILIDAD
Fallos que cita
- IFASA S.A.CSJN · Fallos 329:4584
- FONTCSJN · Fallos 338:484
- LARDEL SOCIEDAD EN COMANDITA POR ACCIONESCSJN · Fallos 321:571
- MUNICIPALIDAD DE MAGDALENACSJN · Fallos 326:287
- BAVASSICSJN · Fallos 326:249
- LUNACSJN · Fallos 326:280
- SARUBBICSJN · Fallos 338:1045
- CERIANICSJN · Fallos 330:3055
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.