PARDO MARIA BELEN C/ PAZ BIAR JUAN MANUEL S/ DESPIDO
La actora promovió acción por despido y las partes celebraron un acuerdo conciliatorio que fue sometido a homologación. El Tribunal homologó el acuerdo, intimó a la demandada al pago del sellado de la tasa de justicia ($242.000), condenó en costas al demandado y reguló honorarios por montos específicos para los letrados y perito.
¿Quién es el actor?
PARDO MARIA BELEN.
¿A quién se demanda?
PAZ JUAN MANUEL BIAR.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamo laboral por despido (acción de despido, causa N° 49293).
¿Qué se resolvió?
Se homologó el acuerdo conciliatorio celebrado entre las partes; se intimó a la demandada a integrar el sellado de la tasa de justicia por $242.000 con los alcances del Art. 270 del Código Fiscal; se impusieron las costas al demandado y se regularon honorarios profesionales y periciales por montos determinados; se ordenaron pautas para el cobro y acreditación de aportes previsionales y transferencias.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Estimo que la conciliación arribada no vulnera ningún principio de orden público, y constituye una justa composición de los derechos e intereses de las partes y de la controversia traída a decisión de este órgano jurisdiccional. En consecuencia, conforme con el Art. 15 de la Ley 20.744, considero corresponde la homologación solicitada, y formular advertencia a las partes acerca de la vigencia de lo normado en el Art. 270 del Código Fiscal (Ley 10.397 T.O. Dec.339/94 B.O. 29-7-94).-
VOTO POR LA AFIRMATIVA (art. 54 de la Ley 15.057).-
A LA MISMA CUESTION LOS DRES. RIVOLTA BLANCA ESTER y BUDNIK GUSTAVO DANIEL votan en igual sentido que la Dra. LAREQUI MARIA EUGENIA, por compartir sus fundamentos."
Bloque dispositivo final (resolución mayoritaria):
"RESUELVE:
a) Homológuese el acuerdo conciliatorio en los términos expresados por las partes. (Art. 30 Ley 15.057, Art.15 Ley 20.744).-
b) Intímese a la demandada para que junto con el primer pago que realice integre el sellado correspondiente a la TASA DE JUSTICIA que la señora Actuaria liquida en la suma de PESOS DOSCIENTOS CUARENTA Y DOS MIL ($ 242.000.-) con los alcances de los Arts. 270 y concordantes del Código Fiscal.-
c) Impónense las costas a la parte demandada JUAN MANUEL PAZ BIAR y en consecuencia regúlense los siguientes honorarios profesionales... Dr. VALCARCE EUGENIO ... PESOS SETECIENTOS TREINTA Y TRES MIL TRESCIENTOS TREINTA Y TRES CON 33/100 ($ 733.333,33.-), Dr. CALONJE MATIAS ROGELIO ... ($ 733.333,33.-) y Dra. RODRIGUEZ LUCIA ... ($ 733.333,33.-) ... y del señor perito interviniente PICCHI ARIEL ESTEBAN, en la suma PESOS QUINIENTOS CINCUENTA MIL ($ 550.000.-)...
Tiénese presente el reconocimiento efectuado por la parte demandada en relación a los honorarios profesionales de la representación letrada de la parte actora, Dra. FARIÑA CLAUDIA IVANNA en la suma de PESOS UN MILLON QUINIENTOS MIL ($ 1.500.000.-) y Dra. ARISPE NATALI VIVIANA en la suma DE PESOS SETECIENTOS MIL ($ 700.000.-)...
d) Hácese saber a los letrados intervinientes que una vez percibidos los honorarios deberán acreditar el pago de los aportes previsionales respectivos y en caso de no haber cumplido con lo dispuesto por el art. 13 de la ley 6716 se pondrá en conocimiento de la Caja de Previsión Social para Abogados de la Provincia de Buenos Aires..."
(Se transcriben los pasajes textuales del voto y del dispositivo que fundamentan la homologación, la intimación por tasa de justicia y la regulación de honorarios.)
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Normas que cita
- Ley 20.744art. 15 · Ley de contrato de trabajo
- Ley 10.397 (Provincia De Buenos Aires)art. 270
- Constitución (Provincia De Buenos Aires)art. 168
- Ley 15.057 (Provincia De Buenos Aires)arts. 54, 30, 12
- Ley 14.967 (Provincia De Buenos Aires)arts. 16, 21, 54
- Ley 8455 (Provincia De Buenos Aires)arts. 12, 14
- Ley 10.620 (Provincia De Buenos Aires)arts. 193, 207
- Ley 13.750 (Provincia De Buenos Aires)
- Ley 13.948 (Provincia De Buenos Aires)
- Ley 10.765 (Provincia De Buenos Aires)art. 25
- Ley 23.349arts. 3, 5
- Ley 23.871Impuesto al valor agregado
- Ley 6716 (Provincia De Buenos Aires)arts. 13, 21, 22
- Ley 12.526 (Provincia De Buenos Aires)arts. 21, 22
- Acordada 3397 (Provincia De Buenos Aires)art. 82 inc. a)
Fallos que cita
- MORCILLO HUGO HECTOR C/ PROVINCIA DE BS. AS. S/ INCONST. DECR.-LEY 9020SCBA
- Zuccoli, Marcela A. C/SUM S.A. s/Daños y PerjuiciosSCBA
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