ZAMBRANO NESTOR FRANCISCO C/ EXPERTA ART S/ ENFERMEDAD PROFESIONAL
Actor demandó por enfermedad profesional contra la aseguradora. El Tribunal homologó el convenio conciliatorio por $4.500.000 y reguló costas, honorarios y forma de pago, considerando que la conciliación no vulnera el orden público.
¿Quién es el actor?
ZAMBRANO NESTOR FRANCISCO.
¿A quién se demanda?
EXPERTA ART.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamo por enfermedad profesional; cierre del conflicto mediante acuerdo conciliatorio.
¿Qué se resolvió?
Homologación del acuerdo conciliatorio por la suma de PESOS CUATRO MILLONES QUINIENTOS MIL ($4.500.000), pago en un único pago a los 15 días hábiles de notificada la homologación; costas a cargo de la demandada; regulación de honorarios y peritos y pautas detalladas de forma de pago y acreditaciones.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que la conciliación arribada entre las partes en la audiencia de conciliación del día 23/10/2026, y posteriores ratificaciones, no vulnera ningún principio de orden público, constituyendo una justa composición de los derechos e intereses de las partes y de la controversia traída a decisión de este órgano jurisdiccional, conforme lo dispuesto en el art. 15 de la LCT y términos de la ley 24.557."
"Que la renuncia genérica de derechos no tiene ningún valor (art. 12 L.C.T.)."
"Que la conciliación es una de las formas posibles de concluir el juicio y que el convenio conciliatorio hace a la celeridad procesal."
"POR ELLO: voto por la homologación del presente convenio conciliatorio."
Bloque dispositivo (resolución final del Tribunal):
"1. Homologar el presente acuerdo conciliatorio celebrado entre las partes (en los términos del art. 15 de la LCT y términos de la ley 24.557) en la suma de PESOS CUATRO MILLONES QUINIENTOS MIL ($4.500.000), a abonar en un pago a los 15 días hábiles de notificada la presente homologación.
2. COSTAS: a cargo de la demandada (art. 24 ley 15057).
3. Regular los honorarios de los letrados intervinientes: ... por la parte actora, a los Dres. Valenzi Aldana Aylen Isabella en 10,943 JUS (equivalentes al día de la fecha a $600.000 ...); ... y por la parte demandada, a los Dres. Remaggi Alberro Luis Alberto en 4,103 JUS (equivalentes al día de la fecha a $225.000 ...) y Jessen Juan Manuel en 4,103 JUS (equivalentes al día de la fecha a $225.000 ...), con más el aporte previsional respectivo del 10% ... con más el 21% de IVA únicamente en caso de resultar alguno de los letrados responsables inscriptos.
4. y a la perito contadora Dellagiovanna Maria Jorgelina en la suma de $180.000, con más el 5% del art. 193 de la ley 10.620 y el 5% del art. 33 de la ley 13.948; y a la perito médica Morimanno Rosa Viviana en la suma de $180.000 con más el 10% sobre los mismos que determina el art. 35 incs. g) y h) de la ley 6.742; y a la perito técnica Nocetti Antonella Giannina en la suma de $180.000;"
Se consignan, además, las reglas detalladas sobre modalidad de pago, acreditación bancaria y fiscal de beneficiarios, cómputo de plazos y mora, obligación de acompañar comprobantes de transferencia y el cargo de la tasa de justicia de $99.000 a la/s condenada/s dentro de diez días, bajo apercibimiento.
¿Cómo votaron los jueces?
La Dra. Vanesa Prado votó por la homologación explicando los fundamentos citados; los Dres. Martiarena y Gallese adhieren compartiendo sus fundamentos. El bloque dispositivo final confirma la homologación.
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Normas que cita
- Ley 24.557Ley de riesgos del trabajo
- Ley 27.348art. 17 · Riesgos del trabajo
- Ley 15.057 (Provincia De Buenos Aires)arts. 12, 24
- Ley 14.967 (Provincia De Buenos Aires)art. 54
- Ley 8.904 (Provincia De Buenos Aires)
- Ley 6.716 (Provincia De Buenos Aires)
- Ley 8.455 (Provincia De Buenos Aires)
- Ley 10.620 (Provincia De Buenos Aires)art. 193
- Ley 13.948 (Provincia De Buenos Aires)art. 33
- Ley 6.742 (Provincia De Buenos Aires)art. 35
- Código Fiscal (Provincia De Buenos Aires)arts. 96, 338, 340, 343
- Acordada 3827 (Provincia De Buenos Aires (scba))
- Acordada 2514/92 (Provincia De Buenos Aires (scba))arts. 35, 36
- Acordada 3975/20 (Provincia De Buenos Aires (scba))
- Acordada 4013 (Provincia De Buenos Aires (scba))
- Ley 20.744
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