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Primera Instancia

ANTUNEZ ALEJANDRO DAVID C/ OMINT ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO SA S/ ACCION DE REVISION RES. COMISION MEDICA JURISDICCIONAL LEY 15057

El actor promovió acción de revisión de resolución de la Comisión Médica por accidente de trabajo solicitando indemnización por secuelas. El Tribunal hizo lugar a la demanda y condenó a Omint ART a pagar $14.683.067,76 (Art.14 LRT $12.235.889,80 y Art.3 Ley 26.773 $2.447.177,96), por considerarlas acreditadas y vinculadas al siniestro.

Fecha de la sentencia
Tribunal
TRIBUNAL DEL TRABAJO Nº 3 - SAN MARTIN
Fuero
TRIBUNAL DE TRABAJO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
50580
Accion de revision Ley 24.557 Art.14 lrt Ley 26.773 Incapacidad permanente parcial Baremo (decreto 549/2025) Omint art Actualizacion y ripte Condena $14.683.067 76 Costas y honorarios (ley 24.432).

¿Quién es el actor?

Alejandro David Antunez.

¿A quién se demanda?

Omint Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Revisión de resolución de la Comisión Médica respecto de un accidente de trabajo del 6/1/2021 y reconocimiento de incapacidad permanente parcial y su liquidación indemnizatoria conforme Ley 24.557 y Ley 26.773.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la demanda, se reconoció incapacidad permanente parcial del 10,70% T.O. por secuelas concurrentes (hernia inguinal izquierda operada con eventración y reacción vivencial anormal neurótica grado II), se liquidó y condenó a Omint ART a pagar $14.683.067,76 (desagregado: Art.14 LRT $12.235.889,80; Art.3 Ley 26.773 $2.447.177,96). Se rechazó el planteo de inconstitucionalidad de la Ley 24.432. Se impusieron las costas a la accionada y se diferirá la regulación de honorarios conforme Ley 24.432.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Con la prueba pericial contable, documental, e informativa producida (informes de S.R.T., AFIP/ARCA-), resulta demostrada la vinculación laboral entre Antunez y CG Malvinas Reparaciones S.A.; extremos que se vislumbran de las aseveraciones de la encartada, lo que motiva su intervención en estas actuaciones; la recepción de la denuncia del infortunio laboral y el otorgamiento de prestaciones al accionante."

"Las pericias médica y psicológica -y sus aclaraciones-, las que reúnen los recaudos contemplados por el artículo 472, C.P.C.C.; dan cuenta que el trabajador como consecuencia de la contingencia sistémica (accidente de trabajo) se encontraría incapacitado en forma permanente, parcial y causal con el trabajo y conforme el Baremo de la L.R.T.."

"Conforme lo descripto precedentemente el porcentaje incapacitante emanado de estas actuaciones que afecta al pretendiente -según las previsiones de los párrafos que anteceden, asciende al 10,70% de la T.O. según la Fórmula Balthazard (capacidad restante) ... TOTAL 10,70%."

"Por todo lo expuesto, conforme las situaciones fácticas verificadas en autos; los elementos probatorios aludidos; y la aplicación a todo ello, de las normas de la L.R.T.; las prestaciones dinerarias que deben liquidarse en favor del accionante Alejandro David Antunez son: Prestación Art. 14, a) Ley 24.557 $ 12.235.889,80. Prestación Art. 3, Ley 26.773 $ 2.447.177,96.- $ 14.683.067,76.-"

Citas textuales relevantes incluidas en el cuerpo del fallo:

"El silencio de la aseguradora se entenderá como aceptación de la pretensión..." (art. 1 del decreto 1475/2015).

"La determinación de la incapacidad laboral permanente ... debe realizarse mediante la metodología de la Capacidad Restante" (referencia al uso de la Tabla/Decreto 549/2025).

"Quedan excluidas del ámbito de aplicación del índice RIPTE las reparaciones obtenidas a partir del uso de ecuaciones o fórmulas polinómicas previstas en la ley 24.557." (doctrina SCJBA citada).

"Voto por declarar la inaplicabilidad / inconstitucionalidad de los puntos 1 y 2 del artículo 12 de la Ley 24.557 ... tomando como indemnización del artículo 14 de la LRT, la suma de $ 12.235.889,80." (fundamento liquidatorio).

¿Cómo votaron los jueces?

los tres jueces (Frem, Rojas y Fernández) votaron en igual sentido; el bloque dispositivo final del Tribunal corresponde a la mayoría.

Normas que cita

  • Ley 15.057 (Provincial)arts. 54 d), 57, 57.5, 58, 60
  • Constitución (Provincial)arts. 15, 39, 168
  • Ley 27.348arts. 1, 11 · Riesgos del trabajo
  • Ley 24.557arts. 1, 6, 8, 12, 14, 40 · Ley de riesgos del trabajo
  • Ley 26.773arts. 1, 3, 8, 9, 17 · Riesgos del trabajo
  • Decreto 549/2025art. Anexo I
  • Decreto 659/1996art. Anexo I
  • Decreto 1475/2015art. 1
  • Decreto 717/1996art. 6
  • Decreto 669/2019
  • Resolución 70/2020 (Superintendencia de Riesgos del Trabajo)
  • Resolución 39/2026 (Superintendencia de Riesgos del Trabajo)art. 2
  • Decreto 1694/2009arts. 3, 4
  • Decreto 472/2014
  • Ley 24.432art. 1 a 8 · Honorarios profesionales

Fallos que cita

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