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Primera Instancia

MAIQUE ROBERTO ANDRES C/ CODECOP SRL Y OTROS S/ DESPIDO

El actor reclamó por despido e impagos (salario junio 2019, SAC, vacaciones) y certificación laboral. El Tribunal hizo lugar a la demanda contra CODECOP S.R.L., condenando al pago de $52.430.754 y a la entrega del certificado de trabajo, y rechazó la pretensión contra los socios Zeballos y Fernández.

Fecha de la sentencia
Tribunal
TRIBUNAL DEL TRABAJO Nº 3 - QUILMES
Fuero
TRIBUNAL DE TRABAJO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
27791
Despido incausado Indemnizacion laboral Salarios adeudados Sueldo anual complementario (sac) Multa ley 25.323 Multa ley 25.345 (art.45) Certificado de trabajo (art.80 lct) Actualizacion de credito (ley 27.802) Responsabilidad solidaria (rechazo) Tribunal del trabajo n?3 quilmes Notas adicionales: Montos relevantes: base liquidatoria $28.233 55 Liquidacion inicial $1.116.919 02 Monto actualizado aplicado por regla de la ley 27.802 fijado en $52.430.754. Plazo y medidas: pago dentro de diez dias y entrega de certificados en diez dias Astreintes en caso de incumplimiento.

¿Quién es el actor?

Roberto Andrés Maique (DNI 11.187.199).

¿A quién se demanda?

Codecop S.R.L., y como codemandados Carlos Daniel Zeballos e Irene Edith Fernández.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Despido y cobro de indemnizaciones por despido incausado (antigüedad, preaviso, integración mes de despido), haberes adeudados (salario mes de junio 2019, integración de julio y SAC primer semestre 2019), vacaciones proporcionales, multas legales (ley 25.323, ley 25.345, ley 24.013) y entrega de certificado de trabajo y constancias de aportes.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la demanda contra CODECOP S.R.L. y se condenó al pago de la suma actualizada de $52.430.754; se rechazaron las multas de los arts. 10 y 15 de la ley 24.013 y la pretensión contra los codemandados Zeballos y Fernández; se impuso la entrega del certificado de trabajo y aportes en 10 días y se condenó en costas a la demandada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Por ello, no existiendo prueba alguna que acredite que el actor hubiera trabajado en horario extraordinario, tengo por acreditado que el Sr. Maique laboraba en jornadas que no superaban el máximo legal permitido, esto es 8 horas diarias o 48 horas semanales."

"Debe tenerse presente que, en innumerables causas resueltas por este Tribunal se ha dicho que, dispuesto el despido por el empleador, correspondía a este arrimar a autos las probanzas que acrediten justificada y adecuada a derecho su postura (arts. 375 C.P.C.C y 89 ley 15.057). ... en el caso de autos, la parte demandada no logró probar la justeza de la causal de despido imputada al trabajador, ... juzgo que careció de justa causa el despido directo adoptado por la empleadora el 18 de julio de 2.019, y consecuentemente deberán abonarse al reclamante las indemnizaciones legalmente previstas para el despido incausado, esto es, antigüedad, preaviso e integración del mes del despido (arts. 232, 233 y 245 L.C.T.)."

"Atento a ello corresponde abonar al actor la suma de pesos un millón ciento dieciséis mil novecientos diecinueve con 02/100 ($ 1.116.919,02) en concepto de: indemnización por antigüedad, con SAC ($ 550.554,12); indemnización sustitutiva del preaviso con S.A.C.- ($ 61.172,68); salario mes de junio de 2019 ($ 30.586,34); días de julio de 2019 e integración del mes del despido ($30.586,34); vacaciones proporcionales año 2019 ($ 15.810,78); S.A.C. 1º semestre año 2019 ($ 15.293,17), multa del art. 2 de la ley 25.323 ($ 321.156,57); multa art.45 ley 25.345 -80 LCT- ($ 91.759,02).- (arts. 74, 80, 103, 121, 123, 150, 156, 201, 232, 233, 245 y cc. L.C.T., art. 2 ley 25.323)."

"Por todo lo expuesto la demanda impetrada deberá prosperar por la suma de pesos ($ 52.430.754 ) cincuenta y dos millones cuatrocientos treinta mil setecientos cincuenta y cuatro, cifra que se halla actualizada a la fecha de esta sentencia."

¿Cómo votaron los jueces?

La decisión fue adoptada por mayoría. La Dra. María Marta Garay expone los fundamentos principales y las Dras. Silvia Cristina Bozzola y Silvia Ester Bártola adhieren por compartir los mismos fundamentos.

Normas que cita

Fallos que cita

  • Núñez, Rubén c/ Villegas, Néstor B. s/ DespidoSCBA
  • Candia, Javier c/ Brújula S.A. s/ DespidoSCBA
  • Botta, Antonio Angel c/ Muebles del Sud S.A. y otro s/ DespidoSCBA
  • Papalia, Marcos Sebastián c/ MTI SRL y otrosSCBA
  • Aguirre, Ramón c/ Aloise, Nicolas s/ indemnización por antigüedadSCBA · 23/09/1986
  • Wilhelmus, Pedro c/ Dr. Schmitz y Apelt Argentina S.A. s/ despidoCNAT Sala VII · 26/10/1995

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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