FARIAS MONTERO FRANCO NICOLAS C/ CENTER BOX SA y otros S/ DESPIDO
El actor promovió desistimiento de la acción contra dos codemandados y celebró un acuerdo conciliatorio con otra demandada por despido. El Tribunal homologó el desistimiento y la conciliación, declaró las costas a cargo de la demandada CENTER BOX S.A. y ordenó registros y pautas para la transferencia de las sumas acordadas.
¿Quién es el actor?
FRANCO NICOLAS FARIAS MONTERO.
A quién se demanda (Demandados): ROMÁN HUMBERTO GIANI; DIEGO ALBERTO VALLEJOS; JERÓNIMO EMILIANO CASANELLO; CENTER BOX S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Causa por despido; en el expediente se registra desistimiento de la acción y del derecho contra ROMÁN HUMBERTO GIANI y DIEGO ALBERTO VALLEJOS y se celebró un acuerdo conciliatorio entre el actor y JERÓNIMO EMILIANO CASANELLO y CENTER BOX S.A.
¿Qué se resolvió?
Se homologó el desistimiento y se homologó el acuerdo conciliatorio con efecto de cosa juzgada; se declararon las costas a cargo de JERÓNIMO EMILIANO CASANELLO y CENTER BOX S.A.; se eximió del pago de la tasa de justicia; se fijaron requisitos para la transferencia de las sumas y reglas de actualización y honorarios en caso de mora o incumplimiento.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Sobre el desistimiento:
"En fecha 22/10/2026 se presenta el actor Sr. FRANCO NICOLAS FARIAS MONTERO desistiendo de la acción y del derecho incoados contra los codemandados ROMÁN HUMBERTO GIANI y DIEGO ALBERTO VALLEJOS. Habiéndose cumplimentado con lo dispuesto por el artículo 277 de la Ley de Contrato de Trabajo y no encontrándose conculcados los derechos del trabajador, es que corresponde homologar el desistimiento de la acción y del derecho formulado por el actor teniéndolo por desistido, en todas sus partes (arts. 304 y 305 CPCC), sin costas."
Sobre la homologación del acuerdo conciliatorio:
"La conciliación a que arriban la parte actora FRANCO NICOLAS FARIAS MONTERO y la demandada Sr. JERÓNIMO EMILIANO CASANELLO y CENTER BOX S.A. no vulnera ningún principio de orden público y constituye, a mi entender, una justa composición de los derechos e intereses de las partes, tal cual se los plantea en la controversia sometida a decisión del Tribunal. En consecuencia la homologación solicitada es procedente, (arts. 15 de la L.C.T.; 30 de la ley 15.057). Procede asimismo, declarar las costas a cargo de la parte demandada conforme con lo solicitado, con exención del pago de las tasas y sellados de la causa en razón del acuerdo logrado."
Bloque dispositivo final (resolución mayoritaria):
"RESUELVE:
1º) Homologar el desistimiento de la acción y del derecho formulado por el actor Sr. FRANCO NICOLAS FARIAS MONTERO contra los codemandados Sres. ROMÁN HUMBERTO GIANI y DIEGO ALBERTO VALLEJOS (arts. 304 y 305 CPCC, 277 LCT, 89, ley 15.057).
2) Homologar el acuerdo conciliatorio celebrado por la parte actora Sr. FRANCO NICOLAS FARIAS MONTERO y la demandada Sr. JERÓNIMO EMILIANO CASANELLO y CENTER BOX S.A. cuyos términos se tienen por reproducidos, con los efectos de la cosa juzgada (artículo 15 de la ley de Contrato de Trabajo; 30 de la ley 15.057).
3) Declarar las costas del juicio a cargo de los codemandados Sr. JERÓNIMO EMILIANO CASANELLO y CENTER BOX S.A. (arts 24, 25 y 26 de la ley 15057)."
Votación y mayoría: El orden de votación fue BOZZOLA - BÁRTOLA - GARAY; las tres juezas adhieren a los textos citados y el bloque dispositivo final manifiesta la resolución unánime por mayoría colegiada.
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Normas que cita
- Ley 15.057 (Provincia De Buenos Aires)arts. 30, 89, 24, 25, 26
- Ley 14.967 (Provincia De Buenos Aires)art. 54
- Ley 27.802art. 54 · Ley de modernizacion laboral
- Ley 20.744
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