MAIDANA DELIA C/ LABAQUE MARIANA SILVIA S/ DESPIDO
La actora promovió demanda laboral por despido y arribó a un convenio conciliatorio por indemnización. El Tribunal homologó el acuerdo celebrado el 23/10/26 por $2.200.000 y regularizó costas y honorarios, fundando la homologación en que el convenio “no vulnera norma alguna de orden público” y constituye una justa composición de la litis.
¿Quién es el actor?
MAIDANA DELIA.
¿A quién se demanda?
LABAQUE MARIANA SILVIA.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamo por despido (indemnizaciones laborales), con controversia sobre modalidades de la relación laboral y causal de extinción del vínculo.
¿Qué se resolvió?
Homologación con fuerza de cosa juzgada del acuerdo conciliatorio suscripto el 23/10/26 por la suma de $2.200.000, intimaciones y reglas de pago, imposición de costas a la demandada (con eximición del 50% de la tasa de justicia), y regulación de honorarios de los profesionales y perito intervinientes.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Visto el estado de las presentes actuaciones, los rubros reclamados, el monto convenido y encontrándose controvertidas las modalidades de la relación laboral y la causal de extinción del vínculo, estimo que el convenio que nos ocupa debe ser materia de homologación en virtud de que el mismo no vulnera norma alguna de orden público y se adecua a los dispositivos de los arts. 12 y 15 de la LCT t.o., llegándose a una justa composición de la litis.-"
"De conformidad con lo dispuesto por el artículo 277 de la LCT y teniendo en cuenta el monto del asunto, el valor, mérito, extensión y calidad jurídica de la labor desarrollada, el resultado obtenido, las actuaciones esenciales para el desarrollo del proceso y las actuaciones de mero trámite efectuadas, la utilidad de dichas presentaciones y el tiempo empleado en la solución del litigio, corresponde regular los honorarios del otro letrado, Dr. EDUARDO RUBEN DIAZ (Tº 8 Fº 459 CASM - monotributista). -por su actuación en la primera y segunda etapa, demás escritos de mero trámite y su participación en el acuerdo arribado que antecede- en la suma de $ 440.000 -equivalente a 8,26 IUS arancelarios (conforme valor del ius al día de la fecha según Resolución RP 873/26 de la SCBA de $ 53.232)-, con más el 10 % de aporte legal (arts. 2, 15,16, 21, 22, 25, 28 y 43 ley 14.967; art. 12 inc. "a" ley 10.268 y art. 8 ley 24.432; art. 277 LCT)."
Bloque dispositivo final (transcripción parcial de los puntos esenciales):
"1°) Homologar con fuerza y autoridad de cosa juzgada el acuerdo conciliatorio suscripto por las partes en fecha 23/10/26 por la suma DE $ 2.200.000 (PESOS DOS MILLONES DOSCIENTOS MIL) que la demandada se aviene a abonar en la forma estipulada.
...
5º) Costas de los presentes actuados a la parte demandada ..., eximiéndose a la misma del 50% de la tasa de justicia, por lo que deberá abonar por tal concepto la suma de $ 24.200 (PESOS VEINTICUATRO MIL DOSCIENTOS), con más el 5 % de sobretasa...
6°) Téngase presente el reconocimiento de honorarios, aportes e IVA ... regular los honorarios de los Dres. JOSE SAID ... en la suma de $ 293.334 ... y MAURO ADRIAN CHOQUE ... en la suma de $ 146.666 ...
7°) Regular los honorarios ... Dr. EDUARDO RUBEN DIAZ ... en la suma de $ 440.000 ...
8º) REGULAR los honorarios de la perito contadora MARIA CLAUDIA GONZALEZ en la suma de $ 159.696 ..."
¿Cómo votaron los jueces?
El voto de la Dra. Liliana Marta Lipicar expone los fundamentos; las Dras. A. Mónica San Martín y Graciela Alicia Porta votaron en igual sentido, por lo que la homologación fue adoptada por mayoría. No consta disidencia.
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Normas que cita
- Ley 27.802art. 55 · Ley de modernizacion laboral
- Ley 15.057 (Provincia De Buenos Aires)arts. 24, 89, 16
- CPCC (Provincia De Buenos Aires)arts. 68, 73, 143
- Ley 6.716 (Provincia De Buenos Aires)art. 12 inc. g
- Ley 15.563 (Provincia De Buenos Aires)
- CFPBA (Provincia De Buenos Aires)arts. 340, 341
- Resolución 39/11 (Ministerio de Economía de la Provincia de Buenos Aires) (Provincia De Buenos Aires)
- Ley 14.967 (Provincia De Buenos Aires)arts. 2, 15, 16, 21, 22, 25, 28, 43, 54
- Decreto-ley 8.904 (Provincia De Buenos Aires)
- Ley 10.268 (Provincia De Buenos Aires)art. 12 inc. a
- CCyCNarts. 959, 960, 1255, 288, 552 · Codigo civil y comercial de la nacion
- Ley 10.620 (Provincia De Buenos Aires)arts. 175, 193, 207, 215
- Ley 13.750 (Provincia De Buenos Aires)
- Ley 13.948 (Provincia De Buenos Aires)art. 27 inc. b
- Ley 24.432art. 8 · Honorarios profesionales
- Ley 20.744
Fallos que cita
- G., M. d. C. y o. c/ D. B., J. A. s/ Indemnización accidente de trabajoSCBA
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