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Primera Instancia

CORPUZ JORGE DARIO C/ EXPERTA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO SA S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL

El actor promovió acción especial por accidente de trabajo solicitando indemnización por incapacidad física y psicológica. El Tribunal hizo lugar a la demanda por incapacidad física parcial y condenó a la aseguradora a pagar $1.617.560,94 por incapacidad permanente del 2,69% T.O., declarando abstractos los planteos de inconstitucionalidad y rechazando el reclamo por incapacidad psicológica.

Fecha de la sentencia
Tribunal
TRIBUNAL DEL TRABAJO Nº 3 - CAMPANA
Fuero
TRIBUNAL DE TRABAJO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
7821
Accion especial Accidente de trabajo Incapacidad permanente parcial Ley 24.557 Ley 27.348 (actualizacion vib) Prestacion art. 3 ley 26.773 Actualizacion ripte Pericia medica Monto indemnizatorio $1.617.560 94 Costas y honorarios

¿Quién es el actor?

Jorge Darío Corpuz.

¿A quién se demanda?

Experta Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Indemnización por accidente de trabajo (art. 14 LRT y art. 3 Ley 26.773) por incapacidad psicofísica — reclama 20% pero peticiona prestaciones por incapacidad; además plantea inconstitucionalidades del sistema de riesgos del trabajo.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la demanda en cuanto a la incapacidad física: se condenó a la aseguradora a abonar $1.617.560,94 por incapacidad física parcial, permanente y definitiva del 2,69% T.O.; se rechazó el reclamo por incapacidad psicológica y se declaró abstracto el tratamiento de las inconstitucionalidades. Costas y regulación de honorarios a cargo de la demandada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En la pericia médica producida en autos el 8/12/2024 el perito médico determinó que la actora presenta incapacidad, de grado parcial y carácter permanente, en relación causal con el accidente por limitación funcional dedo mayor mano derecha del orden del 2.8% TO, incluidos los factores de ponderación. ... De las actuaciones administrativas obtengo que el actor es portador de preexistencias por un 3.6% TO. Así, y mediante la fórmula de capacidad restante por preexistencias, considero que el actor es portador de incapacidad física del 2.69% TO por el siniestro de fecha 20/8/2020 (art. 474 del CPCC y Baremo LRT)."

"Al Valor Ingreso Base mensual (VIB) actualizado por RIPTE de $ 112.425,19 corresponde adicionar el interés Tasa Activa del Banco de la Nación Argentina desde el siniestro (20/8/2020) hasta el día de la fecha de $ 411.223,96, suma que arroja la de $ 523.649,15 ... A la suma de $ 1.347.967,45 deberá adicionarse la de $ 269.593,49 en concepto de prestación art 3 de la ley 26.773. ... la prestación asciende a PESOS UN MILLÓN SEISCIENTOS DICISIETe MIL QUINIENTOS SESENTA CON NOVENTA Y CUATRO CENTAVOS ($ 1.617.560,94), que deberá ser abonada por la aseguradora en el plazo de 10 días..."

Dispositivo final (bloque resolutorio mayoritario):

"1) DECLARAR abstracto el tratamiento de las inconstitucionalidades planteadas por la parte actora atento el resultado arribado en el presente decisorio y rechazar el reclamo por incapacidad psicológica (art. 726 del CPCC). 2) HACER LUGAR a la demanda promovida por JORGE DARIO CORPUZ contra EXPERTA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO SA, y condenar a ésta a abonar ... PESOS UN MILLÓN SEISCIENTO DIECISIETE MIL QUINIENTOS SESENTA CON NOVENTA Y CUATRO CENTAVOS ($ 1.617.560,94.-), en concepto de indemnización por infortunio laboral causante de una incapacidad física parcial, permanente y definitiva del 2.69% de la T.O. (art. 14 ley 24.557, art.3 ley 26.773 y ley 27.348)."

¿Cómo votaron los jueces?

la Dra. Boxler abrió el voto y votó hacer lugar; la Dra. Canale votó en el mismo sentido que la Dra. Boxler; la Dra. Hidalgo adhirió al voto preopinante (Boxler) con expresa reserva fundada en su criterio personal (minoritaria) pero adhirió para conformar la integración, por lo que la decisión mayoritaria es la que consta en el bloque dispositivo.

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