JurisprudenciaARG
Primera Instancia

VERA MAXIMILIANO ALEJANDRO C/ SERVICIO PENITENCIARIO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES y otro/a S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL

Acción por accidente de trabajo por lesión en mano derecha y reclamo de prestaciones/indemnización. El Tribunal hizo lugar a la demanda y condenó a la Provincia de Buenos Aires a pagar $1.750.290 por incapacidad parcial, permanente y definitiva del 3,89%, con más la prestación de la ley 26.773 y costas.

Fecha de la sentencia
Tribunal
TRIBUNAL DEL TRABAJO Nº 3 - CAMPANA
Fuero
TRIBUNAL DE TRABAJO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
7063
Accidente de trabajo Incapacidad permanente parcial 3 89% Ley 24.557 Ley 27.348 Ley 26.773 Vib actualizado por ripte Interes tasa activa bna Provincia de buenos aires Indemnizacion laboral Costas y honorarios.

¿Quién es el actor?

Maximiliano Alejandro Vera, representado por Dr. Matías Osvaldo Posca. Nacido el 23/9/94.

¿A quién se demanda?

Servicio Penitenciario de la Provincia de Buenos Aires; Provincia de Buenos Aires (Ministerio de Seguridad); Fiscalía de Estado.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Indemnización por accidente de trabajo (ocurrido el 21/5/2020) y prestaciones del art. 14 LRT y art. 3 ley 26.773; impugnación de calificación de incapacidad administrativa y planteos de inconstitucionalidad de normas del sistema de riesgos del trabajo.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la demanda. Se declaró abstracto el tratamiento de las inconstitucionalidades; se condenó a la Provincia de Buenos Aires a abonar $1.750.290 por incapacidad física parcial, permanente y definitiva del 3,89% originada en el accidente del 21/5/20, más la prestación del art. 3 ley 26.773; costas a la demandada; regulación de honorarios y prorrateo conforme ley 24.432.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"De acuerdo a lo expuesto en la demanda y lo que extraigo del expediente administrativo, el día 21/5/20 el actor sufrió un accidente de trabajo, que ha sido aceptado, pero en la instancia administrativa no se determinó incapacidad vinculada a la misma. No se ha acreditado la percepción de las prestaciones de la ley 24.557.

Sin embargo, en la pericia producida en autos y su ampliación, el perito determinó que la actora presenta incapacidad, de grado parcial y carácter permanente, teniendo en cuenta la preexistencia del 16,15% que surge de las actuaciones administrativas, por limitación funcional 2do dedo mano derecha 3.00% más la incidencia de miembro hábil del orden del 3,89%, incluídos los factores de ponderación."

"Entrando a considerar la procedencia de la demanda, habiéndose acreditado que el actor es portador de incapacidad física del 3,89%, en relación causal con la contingencia denunciada; y la cobertura en los términos de la ley 24.557 el caso encuadra en las previsiones del art. 14 inc. 2 a) de la ley 24.557 por lo que corresponde hacer lugar a la indemnización reclamada.

Por ello, al Valor Ingreso Base mensual (VIB) actualizado por RIPTE de $57.361,01 corresponde adicionar el interés Tasa Activa del Banco de la Nación Argentina desde el siniestro (21/5/20) hasta el día de la fecha de $214.739,96 suma que arroja la de $272.100,96 en los términos del artículo 11.2 de la ley 27.348.

El cálculo de la prestación debe realizarse, de acuerdo a la siguiente fórmula: valor ingreso base mensual ($272.100,96) x 53 x incapacidad (3,89%) x coeficiente de edad (65/26).

A la suma de $1.458.575,42 deberá adicionarse la de $291.715,08 en concepto de prestación art 3 de la ley 26.773.

Practicado el cálculo, la prestación asciende a PESOS UN MILLON SEISCIENTOS CINCUENTA MIL DOSCIENTOS NOVENTA ($1.750.290), y deberá ser abonada por la PROVINCIA DE BUENOS AIRES en el plazo de 60 días de notificado este pronunciamiento mediante depósito judicial (art 70 Ley 15394)."

"Atento las circunstancias fácticas y jurídicas en que se funda la acción y el modo en que se resuelve, los planteos de inconstitucionalidad interpuestos por la parte actora resultan abstractos."

Dispositivo final transcripto (párrafo esencial):

"1) DECLARAR abstracto el tratamiento de las inconstitucionalidades planteadas por la parte actora atento el resultado arribado en el presente decisorio. 2) HACER LUGAR a la demanda promovida por MAXIMILIANO ALEJANDRO VERA contra PROVINCIA DE BUENOS AIRES (MINISTERIO DE SEGURIDAD), y condenar a ésta a abonar, dentro del plazo de SESENTA (60) DÍAS ... la suma de PESOS UN MILLON SEISCIENTOS CINCUENTA MIL DOSCIENTOS NOVENTA ($1.750.290), en concepto de indemnización por infortunio laboral causante de una incapacidad física parcial, permanente y definitiva del 3,89% de la T.O. (art. 14 ley 24.557, art.3 ley 26.773 y ley 27.348)."

¿Cómo votaron los jueces?

Voto mayoritario y conforme integrado por las Dras. Canale (primer voto), Boxler (adhere) e Hidalgo (adhiere con reserva sobre método de actualización pero se suma a la mayoría). La decisión del Tribunal surge del dispositivo final que confirma la mayoría.

Normas que cita

Fallos que cita

  • MuzychukSCBA · 14/07/2025
  • Barrios Héctor Francisco y otra c/ Lascano Sandra Beatriz y otraSCBA · 27/04/2024
  • ZuccoliSCBA

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.