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Primera Instancia

MACIEL MATIAS HERNAN C/ FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A. S/ ACCION DE REVISION RES. COMISION MEDICA JURISDICCIONAL LEY 15057

El actor promovió acción de revisión por accidente de trabajo por secuelas incapacitantes. El Tribunal hizo lugar a la demanda, declaró inconstitucional el DNU 669/19 y aplicó actualización por RIPTE, condenando a la aseguradora a pagar $16.922.666,33 más intereses (total $21.173.269,17).

Fecha de la sentencia
Tribunal
TRIBUNAL DEL TRABAJO Nº 3 - AVELLANEDA
Fuero
TRIBUNAL DE TRABAJO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
35776
Accidente de trabajo Accion de revision (comision medica jurisdiccional) Incapacidad permanente parcial (7%) Ley 24.557 Dnu 669/19 inconstitucional Actualizacion por ripte Indemnizacion $16.922.666 33 Intereses 6% anual Costas a la demandada Ibm $114.754 80 (pericia) / actualizado $1.461.976 15 Nota: se incluyeron montos y fechas tal como constan en la parte dispositiva y en los fundamentos del tribunal.

¿Quién es el actor?

Maciel Matías Hernán, representado por la Dra. Lupi Serres María Eugenia.

¿A quién se demanda?

Federación Patronal Seguros S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Acción de revisión de dictamen de Comisión Médica Jurisdiccional (Ley 15.057/15057) por accidente de trabajo del 16/08/2022 y pago de indemnización por secuelas incapacitantes conforme Ley 24.557 y normativa complementaria.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la demanda; se declaró la inconstitucionalidad del DNU 669/19 y la inaplicabilidad, en la especie, de determinadas previsiones que afectan la actualización del crédito; se actualizó el IBM por RIPTE y se condenó a la aseguradora a abonar $16.922.666,33 más intereses desde el 16/08/2022 (intereses calculados al 6% anual por $4.250.602,87), totalizando $21.173.269,17; costas para la demandada; depósitos y plazos ordenados.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Dicha consideración resulta coincidente con la reciente doctrina de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, en la causa L. 129.800, 'Muzychuk, Claudio Rubén contra La Segunda Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A. Accidente de trabajo acción especial-', donde en lo que interesa destacar, resolvió rechazar el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto y confirmó la sentencia de grado en cuanto declaró la inconstitucionalidad del Decreto de necesidad y urgencia PEN 669/19. La Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires para así decidir, sostuvo -en lo sustancial- que dicho reglamento no cumple con los requisitos exigidos por el art. 99 inc. 3 de la Constitución Nacional... Por ello, este Tribunal entiende que corresponde decretar la inconstitucionalidad del decreto 669/19..."

"Bajo esta óptica, en este caso en particular, la aplicación literal de las previsiones de la Ley 24.557 y sus modificatorias resultan insuficientes e irrazonables y no cumplen la finalidad a la que apunta toda la normativa relativa a la reparación de los infortunios laborales... De acuerdo a lo expuesto y a los criterios sostenidos en el precedente 'Barrios' al que refiriera, he de considerar como parámetro de actualización del IBM el coeficiente resultante de la variación del índice RIPTE..."

"En virtud de todo lo expuesto, la parte actora se hace acreedora a percibir en concepto de prestación dineraria prevista por el art. 14 ap. 2 inc. a) de la ley 24.557, la suma de PESOS DIECISEIS MILLONES NOVECIENTOS VEINTIDOS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS CON 33/100 ($16.922.666,33) a dicho importe deberán adicionarse los intereses compensatorios desde la fecha del accidente 16/08/2022, hasta la fecha prevista para el cumplimiento de la presente, a calcularse aplicando un interés puro del % 6 anual.- (Ley 24.557 T.O. dec. 1694/09, ley 26.773)."

¿Cómo votaron los jueces?

El voto de la Dra. Ricardo expone los fundamentos; los Dres. Gabriele y Lopez Bellot adhieren y votan en el mismo sentido. El dispositivo final del Tribunal es el que antecede.

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