CABRERA RAMIREZ IGNACIA RAMONA C/ GALENO ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ ACCION DE REVISION RES. COMISION MEDICA JURISDICCIONAL LEY 15057
Acción de revisión por incapacidad derivada de accidente in itinere solicitando indemnización por incapacidad permanente parcial. El Tribunal hizo lugar a la demanda, declaró inconstitucional al DNU 669/19 por su carácter de DNU y condenó a Galeno ART a abonar $23.660.748 más intereses, totalizando $27.683.075, con costas y regulación de honorarios.
¿Quién es el actor?
IGNACIA RAMONA CABRERA RAMIREZ, representada por Dra. María Eugenia Lupi Serres.
¿A quién se demanda?
GALENO ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A., representada por Dr. Roberto Manuel Prado.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Revisión de la resolución de la Comisión Médica Jurisdiccional que negó incapacidad por el accidente in itinere ocurrido el 9/2/2024; reclamo de reparación por incapacidad laboral permanente parcial.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la demanda, se declaró la inconstitucionalidad del DNU 669/19 en cuanto a su carácter de DNU, se condenó a la aseguradora a pagar a la actora $23.660.748 (más intereses compensatorios desde la fecha del siniestro al 6% anual) y, en total por secuelas incapacitantes, $27.683.075; costas a la demandada y regulación de honorarios. Plazo de cumplimiento: diez (10) días hábiles desde la notificación/visualización de datos bancarios.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Por ello, este Tribunal entiende que corresponde decretar la inconstitucionalidad del decreto 669/19 en cuanto a su carácter de decreto de necesidad y urgencia."
"La referida fórmula arroja un quantum indemnizatorio que asciende a la suma de $ 23660748(53 X $ 1.409.281 X 20,57 % x 1,54 ) el cual se tomará como válido, en virtud de que supera el piso legal establecido en el momento del infortunio.
En virtud de todo lo expuesto, la actora se hace acreedora a percibir en concepto de prestación dineraria prevista por el art. 14 ap. 2 inc. b) de la ley 24.557, la suma de PESOS VEINTITRES MILLONES SEISCIENTOS SESENTA MIL SETECIENTOS CUARENTA Y OCHO ($ 23.660.748 ) a dicho importe deberán adicionarse los intereses compensatorios desde la fecha de la contingencia hasta la fecha prevista para el cumplimiento de la presente, a calcularse aplicando un interés puro del % 6 anual.- (Ley 24.557 T.O. dec. 1694/09, ley 26.773).
En consecuencia, corresponde condenar a GALENO ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. a abonar al actor IGNACIA RAMONA CABRERA RAMIREZ, la suma de PESOS VEINTITRES MILLONES SEISCIENTOS SESENTA MIL SETECIENTOS CUARENTA Y OCHO ($ 23.660.748 ) a dicho importe deberán adicionarse los intereses desde la fecha del accidente hasta la fecha de pago prevista para el cumplimiento de la presente, a calcularse aplicando un interés puro del % 6 anual, totalizando un importe de PESOS VEINTISIETE MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL SETENTA Y CINCO ($27.683.075) como resarcimiento por las secuelas incapacitantes como consecuencia de la contingencia acreditada en autos."
Bloque dispositivo final (transcripción):
"el Tribunal FALLA:
1.-Declarar abstractos los planteos de inconstitucionalidad referidos a normativas del régimen de Riesgos de Trabajo, conforme los fundamentos vertidos precedentemente.
Decretar la inconstitucionalidad del decreto 669/19 en cuanto a su carácter de decreto de necesidad y urgencia.
2.- Hacer lugar a la demanda instaura por IGNACIA RAMONA CABRERA RAMIREZ, contra GALENO ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A., condenando a esta última, a abonarle a la parte accionante dentro de los 10 diás de notificado la suma de PESOS VEINTITRES MILLONES SEISCIENTOS SESENTA MIL SETECIENTOS CUARENTA Y OCHO ($ 23.660.748 ) ...
3-En consecuencia, corresponde condenar a GALENO ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. a abonar al actor IGNACIA RAMONA CABRERA RAMIREZ, la suma de PESOS VEINTISIETE MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL SETENTA Y CINCO ($27.683.075) ..."
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Normas que cita
- Ley 24.557arts. 14 inc. 2 ap. a), 12, 34 · Ley de riesgos del trabajo
- Ley 15.057 (Provincia De Buenos Aires)arts. 57, 53 inc. d, 17, 19, 20, 24
- Ley 26.773art. 14 inc. 2 ap. a) · Riesgos del trabajo
- Ley 27.348art. 11 apartado 3 (modifica art. 12 LRT) · Riesgos del trabajo
- Ley 11.653 (Provincia De Buenos Aires)arts. 19, 20
- Ley 14.967 (Provincia De Buenos Aires)
- Decreto-ley 669/2019art. 12 LRT (modificatorio)
- DNU 669/2019art. 12
- Constitución Nacionalart. 99 inc. 3 · Constitucion nacional
- Resolución 1840/24 (Provincia De Buenos Aires)
- Resolución 56/2026
Fallos que cita
- Pécora, María Luisa c/ Lee, David y otrosSCBA
- Medina, Martín Salvador c/ Prevención ARTSCBA
- Muzychuk, Claudio Rubén c/ La Segunda ARTSCBA
- Morcillo, Hugo Héctor c/ Provincia de Buenos AiresSCBA · 08/11/2017
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