JurisprudenciaARG
Primera Instancia

LOPEZ MARCELO HECTOR C/ ASOCIART SA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S/ ACCION DE REVISION RES. COMISION MEDICA JURISDICCIONAL LEY 15057

El actor promovió acción de revisión de resolución de Comisión Médica por accidente in itinere reclamando prestación por incapacidad. El Tribunal hizo lugar a la demanda, declaró la inconstitucionalidad del DNU 669/19 y condenó a ASOCIART S.A. al pago de $1.711.567,63 más intereses, rechazando la excepción de falta de legitimación pasiva.

Fecha de la sentencia
Tribunal
TRIBUNAL DEL TRABAJO Nº 2 - SAN MIGUEL
Fuero
TRIBUNAL DE TRABAJO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
14109
Accion de revision Accidente in itinere Ley 24.557 Incapacidad laboral permanente parcial Dnu 669/19 inconstitucionalidad Indemnizacion art.14.2(a) Res. srt 49/2021 Intereses Asociart s.a. Tribunal del trabajo n?2 san miguel.

¿Quién es el actor?

Marcelo Héctor López (DNI 20126350), representado por el Dr. Pablo Juan José Garro.

¿A quién se demanda?

Asociart S.A. Aseguradora de Riesgos del Trabajo.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Acción de revisión de disposición de la Comisión Médica Jurisdiccional (divergencia en determinación de incapacidad) por accidente sucedido el 1/10/2021; se reclama la prestación dineraria prevista por art. 14.2 a) Ley 24.557 por incapacidad laboral permanente parcial.

¿Qué se resolvió?

El Tribunal del Trabajo N°2 de San Miguel rechazó la excepción de falta de legitimación pasiva, declaró inconstitucional el DNU 669/19 (por conculcar art. 99 inc. 3 CN), hizo lugar a la demanda de revisión y condenó a ASOCIART S.A. al pago de $1.711.567,63 más intereses desde el 1/10/2021, impuso las costas a la accionada y declaró abstracto el planteo de inconstitucionalidad del Dec. 717/96. Se intimó al actor a acreditar cuenta bancaria para depósito.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Conforme lo que surge del expediente administrativo el carácter laboral de la contingencia no ha sido allí controvertido por las partes, arribando ello a esta instancia firme (dec 717/96). Por lo cual deviene abstracto el planteo de inconstitucionalidad del dec. 717/96."

"La experta ... concluyó que como consecuencia del siniestro objeto de autos el Sr. López presenta secuelas funcionales en el hombro izquierdo y secuelas psicológicas que le provocan una incapacidad parcial y permanente ... Total, del hombro izquierdo = 19%. Reacción Vivencial Anormal Neurótica Grado II = 10% ... Corresponde sumar los diferentes porcentajes ... totalizando así una incapacidad del 29% (19% + 10% = 29%). ... la sumatoria de los factores de ponderación resulta ser de 4,93 % ... y la suma de la incapacidad física más los factores de ponderación es igual a 33,93 % de la TO (29 % + 4,93% = 33,93%)."

"Corresponde ... la prestación prevista por el artículo 14 apartado 2) inciso a) Ley 24.557 ... coeficiente 53 x Ingreso base mensual ($ 70.408,14) x coeficiente de edad 65/53 (1,226) x incapacidad (33,93%) = $ 1.552.290,75. Tal prestación resulta ser inferior al mínimo establecido por la resolución identificada como Res. SRT 49/2021 ... el piso establecido para el caso en concreto sería de $ 5.044.408 x 33,93 % = $ 1.711.567,63.- En consecuencia debe estarse a este piso mínimo."

"Corresponde, entonces, ingresar en el examen de constitucionalidad del referido Decreto de Necesidad y Urgencia, toda vez que el ejercicio de una facultad legislativa de excepción por parte del Poder Ejecutivo podría afectar, eventualmente, la división de poderes ... Dado que no se verifica ello propongo se declare que el Dec. 669/19 es inconstitucional, por no observar las condiciones que impone el art. 99 inc. 3 de la Const. nac., no resultando aplicable."

"En orden a lo concluido ... deberán liquidarse intereses desde que acaeció el accidente (1/10/2021), y hasta su efectivo pago conforme el promedio de la tasa activa cartera general nominal anual vencida a treinta (30) días del Banco de la Nación Argentina ..."

Voto de la Sra. Jueza Dra. María Susana Irigoin con adhesión de los Dres. Miguel Ángel Méndez y Gonzalo Barciela; el dispositivo final del Tribunal dispone: (se transcribe íntegro en la parte resolutiva final arriba incorporada).

No hubo disidencia: los Dres. Méndez y Barciela compartieron los fundamentos de la magistrada preopinante y votaron en igual sentido; lo resuelto corresponde al bloque dispositivo final aprobado por mayoría.

Normas que cita

Fallos que cita

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.