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Primera Instancia

MARTINEZ HECTOR OSVALDO C/ PROVINCIA ART SA S/ ACCIDENTE IN-ITINERE

El actor demandó por accidente in-itinere y las partes arribaron a una conciliación. El Tribunal homologó la conciliación, reguló honorarios de letrados y peritos (montos detallados) e intimó a la demandada a depositar tasas de justicia bajo apercibimiento de ejecución.

Fecha de la sentencia
Tribunal
TRIBUNAL DEL TRABAJO Nº 2 - LA PLATA
Fuero
TRIBUNAL DE TRABAJO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
42628-17
Conciliacion homologada Accidente in?itinere Regulacion de honorarios Peritos Tasas de justicia Deposito bancario Art. 277 l.20.744 Ius Provincia art sa Homologacion de acuerdo Nota: el analisis se baso en el bloque dispositivo final del tribunal Que constituye la decision mayoritaria.

¿Quién es el actor?

Martinez Héctor Osvaldo.

¿A quién se demanda?

Provincia ART SA.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo derivado de accidente in-itinere (acción laboral/seguro/indemnización) con arreglo entre las partes.

¿Qué se resolvió?

El Tribunal homologó la conciliación arribada por las partes; reguló honorarios de los letrados y peritos en los montos y porcentajes indicados; intimó a la demandada a depositar tasas de justicia ($352.000 y $17.600) en cinco días; y ordenó la forma de cancelación mediante transferencia o depósito en cuenta bancaria conforme al art. 277 L.20.744 modificado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Atento que lo pactado libremente por las partes, cumple con los recaudos legalmente exigibles para alcanzar una justa composición de los intereses de las mismas, toda vez que no implica renuncias a derechos del trabajador que se supongan reconocidos por el demandado en autos, ni afecta disposiciones de orden público en vigencia, soy de opinión favorable a homologarlo en todas sus partes, en cuanto involucra la totalidad de los rubros reclamados y acuerdo sobre las costas ocasionadas (arts. 15, ley 20.744 t.o.; 1641, 1643 y ccs. del C.C. y C. de la Nación; 73 y concs. del CPCC; 24, 30 y 89 Ley 15.057)."

Bloque dispositivo final (decisión mayoritaria, literal):

"el Tribunal RESUELVE: a) Homologar la conciliación arribada por las partes en las presentes actuaciones; b) Regular los honorarios de los letrados Luciano Castro y Carlos Pedro Arturo Ajamil en la suma de $533.333,33 para cada uno ello por la actuación desplegada hasta el 20/10/2017, en todos los casos con más el 10% por aportes previsionales y el 21 % en concepto de devolución de IVA de corresponder; y regular los de los letrados Martin Nahuel Franza y Gaston Mendy en el monto equivalente a 40,07 IUS para cada uno, por la labor cumplida a partir del 21/10/2017, en todos los casos con más el 10% de aportes previsionales y el 21 % en concepto de devolución de IVA de corresponder... c) Regular los de la perito médica Marcela Cristina Ripullone en la suma de pesos ochocientos mil ($800.000)... los de la perito psicóloga Victoria Soledad Amutio en la de pesos ochocientos mil ($800.000)... y los de la perito contadora Melina Cerda Zolezzi en la de pesos ochocientos mil ($800.000)...; d) Intimar a la demandada para que en el plazo de cinco días deposite en autos las sumas de $352.000 y $17.600 en concepto de tasa de justicia y sobre tasa, respectivamente, bajo apercibimiento de ejecución...; e) Hágase saber a las partes que la cancelación del CAPITAL y HONORARIOS profesionales (letrados y peritos) regulados en autos deberá efectuarse MEDIANTE TRANSFERENCIA O DEPÓSITO DIRECTO EN LA CUENTA BANCARIA DE CADA BENEFICIARIO en orden a la normado por el Art. 277 de la Ley 20.744, modificado por Ley 27.802 (B.O. 06/03/2026)... REGISTRESE, NOTIFIQUESE y oportunamente ARCHIVESE."

Montos y fechas relevantes incluidos en la resolución:

Honorarios letrados Luciano Castro y Carlos Pedro Arturo Ajamil: $533.333,33 cada uno (por actuación hasta 20/10/2017) más 10% aportes previsionales y 21% IVA si corresponde.

Honorarios letrados Martín Nahuel Franza y Gastón Mendy: 40,07 IUS cada uno (por actuación a partir del 21/10/2017) más 10% aportes previsionales y 21% IVA si corresponde.

Honorarios peritos (Marcela C. Ripullone; Victoria S. Amutio; Melina C. Zolezzi): $800.000 cada una, con aportes/contribuciones y 21% IVA si corresponde.

Tasa de justicia y sobretasa: $352.000 y $17.600, plazo de depósito: cinco días.

Referencia normativa citada: arts. 168 y 171 C. Prov. Bs. As.; artículos y decretos mencionados en la regulación de honorarios; Art. 277 Ley 20.744 modif. por Ley 27.802 (B.O. 06/03/2026).

Normas que cita

Fallos que cita

  • Morcillo, Hugo Héctor c/ Provincia de Buenos Aires s/ Inconstitucionalidad dec. ley 9020SCBA · 08/11/2017
  • Asenso Enea, Juan Carlos c/ Esteve, Jorge Alberto s/ Revisión de cosa JuzgadaSCBA · 26/09/2018
  • Pallasa, Diego Javier c/ A.R.B.A. s/ Pretensión Anulatoria Rec. de Queja por denegación de Rec. Extr. (inaplicabilidad de ley)SCBA · 06/11/2019

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