TAMOLA MARIA CRISTINA C/ DIRECCION GENERAL DE CULTURA Y EDUCACION DE LA PROVINCIA DE BUENO S/ ENFERMEDAD ACCIDENTE
La actora reclamó prestaciones por enfermedad profesional y secuelas incapacitantes derivadas de su trabajo como auxiliar docente. El Tribunal del Trabajo N°2 de La Plata hizo lugar a la demanda y condenó al Fisco de la Provincia de Buenos Aires al pago de $150.984.890,83 más actualización por RIPTE e intereses al 3% anual, fundando la cuantificación en la actualización a valores actuales y en pericia médica.
¿Quién es el actor?
María Cristina Tamola, representada por el Dr. Pablo Antonio Folena.
¿A quién se demanda?
Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires / Fisco de la Provincia de Buenos Aires.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Pago de prestaciones previstas en la Ley 24.557 (arts. 11.4.a y 14.2.b) y art. 3 de la Ley 26.773 por enfermedad profesional y secuelas incapacitantes derivadas de tareas como auxiliar docente.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la demanda. Condena al Fisco de la Provincia de Buenos Aires a pagar $150.984.890,83 mediante depósito en autos en el plazo de diez días, correspondiente a las prestaciones citadas, con actualización conforme RIPTE hasta el pago y con intereses capitalizados al 3% anual; costas para la demandada; regulación de honorarios del abogado de la actora (400 JUS más 10%) y honorarios del perito médico ($7.550.000).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"En la presente sentencia quedó establecido que la Señora María Cristina Tamola contrajo una enfermedad profesional derivada de las tareas desempeñadas para el Fisco de la Provincia de Buenos Aires, como personal de servicio de 'auxiliar docente' de la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires, que merece ser encuadrada en el régimen regulado por la ley 24.557, a resultas de la cual sufrió secuelas psicofísicas que importan una incapacidad parcial y permanente del 65% de la t.o., contándose también en autos con los parámetros remuneratorios y cronológicos necesarios para la determinación de la indemnización en el marco legal de la L.R.T."
"Consecuentemente, corresponde ajustar el ingreso base acreditado en el proceso por la suma de $39.500,98, aplicando el índice RIPTE desde la primera manifestación invalidante (del 1.8.2020) hasta la fecha de la presente sentencia (equiparable a puesta de disposición de la indemnización, según 12.2, LRT, o en su defecto, hasta el último dato publicado sobre evolución del RIPTE). Siendo ello así, el RIPTE correspondiente al mes de julio del 2026, es de 222.436,26 ... el coeficiente de ajuste que cabe aplicar en la especie es de 32,02 ... el ingreso base mensual ajustado ... asciende a la suma de $1.264.821,38 ... la fórmula prevista en el art. 14.2. b. de la ley 24.557 arroja un resultado de $55.337.832,61 ... La prestación del art. 11.4.a. de la LRT prospera por la suma de $50.824.055 ... importe total ... es de $127.394.265,13."
"Si bien la cuantificación de los montos de condena han sido calculados a valores actuales estimo que, desde la fecha de exigibilidad del crédito (1/08/2020) hasta el dictado de esta sentencia, los intereses moratorios deben ser calculados a una tasa pura del 3% anual, que ascienden en el caso a la suma de $23.590.625,70 ... Así las cosas, el importe total de condena asciende a la suma de $150.984.890,83 ... al 2 de octubre del 2026."
¿Cómo votaron los jueces?
El bloque dispositivo final y los tres jueces (Nuñez, Orsini y Escobares) acuerdan y firman la resolución; los tres adhieren a los fundamentos y adoptan la solución mayoritaria descrita.
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Normas que cita
- Ley 24.557arts. 11.4.a, 14.2.b, 12, 3, 6, 26 · Ley de riesgos del trabajo
- Ley 26.773art. 3 · Riesgos del trabajo
- Ley 27.348art. 12 · Riesgos del trabajo
- Decreto-ley 669/19arts. 12, 1, 3
- Decreto 658/96
- Decreto 49/2014
- Decreto 1694/09art. 3
- Resolución 24/2020 (Secretaría de Seguridad Social)arts. 1, 2
- Resolución 39/2026 (SRT)art. 1
- Decreto 659/96
- Ley 15.057 (Provincia De Buenos Aires)arts. 2, 2.j, 6, 24, 57, 82, 103
- Ley 14.967 (Provincia De Buenos Aires)arts. 1, 2, 16, 21, 28
- Ley 10.620 (Provincia De Buenos Aires)
- Ley 11.653 (Provincia De Buenos Aires)art. 48
- Ley 14.399 (Provincia De Buenos Aires)
Fallos que cita
- Pedroso, Nicolás R. c/ Municipalidad de San Isidro s/ AccidenteSCBA · 16/09/2009
- Trotta, Silvia Mirta c/ Swiss Medical ART s/ Enfermedad ProfesionalTribunal del Trabajo Nº 2 de La Plata · 27/12/2019
- Muzychuk, Claudio Rubén c/ La Segunda ART S.A.SCBA · 14/07/2025
- Barrios, Héctor Francisco y otro c/ Lascano, Sandra Beatriz y otra s/ Daños y PerjuiciosSCBA · 17/04/2024
- YPF c/ Provincia de CorrientesCSJN · 03/03/1992 · Fallos 315:158
- VeraSCBA · 18/04/2018
- NideraSCBA · 03/05/2018
- Mancuello, Sebastián Enrique c/ Fisco de la Provincia de Buenos Aires s/ Accidente de Trabajo-Acción EspecialTribunal del Trabajo Nº 2 de La Plata · 31/05/2019
- Ramos, Matías Ezequiel c/ Provincia A.R.T. S.A. s/ Accidente de trabajo-acción especialTribunal del Trabajo Nº 2 de La Plata · 09/04/2024
- Zuccoli, Marcela A. c/ Sum S.A. s/ Daños y perjuiciosSCBA
- Caceres c/ AvarisTribunal del Trabajo Nº 2 de La Plata
- Giunta c/ Provincia ARTTribunal del Trabajo Nº 2 de La Plata
- Gaspari c/ NextelTribunal del Trabajo Nº 2 de La Plata
- Morcillo, Hugo Héctor c/ Provincia de Buenos Aires s/ Inconstitucionalidad dec.ley 9020SCBA · 08/11/2017
- Asenso Enea, Juan Carlos c/ Esteve, Jorge Alberto s/ Revisión de cosa juzgadaSCBA · 26/09/2018
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.