MAZZETTO MARIELA VANESA C/ ASOCIART ART S.A. S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL
La actora promovió acción especial por accidente de trabajo contra ASOCIART ART S.A. El Tribunal homologó el acuerdo transaccional presentado por las partes, reguló honorarios y costas y ordenó las comunicaciones y transferencias bancarias para el pago de las prestaciones.
¿Quién es el actor?
MAZZETTO MARIELA VANESA.
¿A quién se demanda?
ASOCIART ART S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Acción especial por accidente de trabajo (liquidación/indemnización derivada de accidente laboral), resolviéndose por acuerdo transaccional presentado por las partes.
¿Qué se resolvió?
Homologar el acuerdo presentado a fs. 62; imponer costas a la parte demandada; regular honorarios de letrados y peritos; fijar tasa de justicia; ordenar la forma de depósito/transferencia de las prestaciones e instrucciones sobre información bancaria y facturación.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"En el acuerdo transaccional al que arriban las partes para poner fin al pleito, concurren los requisitos exigidos por la ley para su validez y constituye una justa composición de los derechos e intereses de las mismas, conforme se los planteara en la controversia sometida a decisión del Tribunal y al estado actual de las presentes actuaciones.- Consecuentemente, correspondería homologar el mismo (art. 15 L.C.T.) regulando los honorarios de los profesionales intervinientes e imponiendo las costas a la parte demandada.-"
"POR TODO ELLO, atento a lo peticionado, deliberado y votado, el Tribunal RESUELVE:
Homologar el acuerdo presentado a fs. 62 (art. 15 L.C.T.).
Con costas a la parte DEMANDADA (art. 24 y 26 Ley 15.057).-
....Habiendo sido necesaria la intervención jurisdiccional, hágase saber que el importe de la tasa de justicia asciende a la suma $ 70.400 (arts 337 y 340 Ley 10.397)
.Regulase los honorarios de los Dres. BISSO LEANDRO DAMIAN (25.358.424) en la suma de $ 640.000 (11.67 JUS) y a la Dra. NOLI MARÍA SOL (24.498.037) en la suma de $ 640.000 (11.67 JUS), respectivamente, con más el 10% (arts. 21, 23, 28 inc. f, 43 y 51 Ley 8904; 12 Ley 8455, art. 15, 16 y 21 ley 14.967) e IVA si correspondiere.-"
"A los de los peritos (médica) DEBORA LUISA AROCHA; (psicóloga) PATRICIA OLGA LOSI y (contadora) PATRICIA MONICA FERRARO en las de $ 164.000 respectivamente, con más las respectivas adiciones legales ... e IVA si correspondiere.-"
"Hágase saber a la ART que conforme el art. 17 de la ley 27.348 todas las prestaciones dinerarias e indemnizaciones que se liquiden administrativa o judicialmente, deberán ser depositadas en la 'cuenta sueldo' del respectivo trabajador, creada en virtud de lo establecido en la ley 26.590 y normativa complementaria y siempre que aquella se encuentre disponible."
"Hágase saber al actor a que deberá comunicar a la ART demandada entidad y sucursal Bancaria; CBU ; Número de cuenta y CUIL bajo su titularidad a la cual se transferirán los fondos que le correspondieren (art 277 LCT modificada por ley 27802)."
"Hágase saber a la parte obligada al pago que deberá acreditar en autos la efectivización de las transferencias por los Creditos y honorarios reconocidos en la presente resolución, bajo apercibimiento de darle curso a las medidas ejecutivas que eventualmente promuevan los interesados (art. 12 ley 15.057)."
(Nótese que el bloque dispositivo final es la decisión de la mayoría y prevalece sobre los votos individuales; en el cuerpo el Dr. Budnik propone homologar y los Dres. Saccardo y Rinaldi adhieren, por lo que la homologación y las regulaciones monetarias constituyen la solución mayoritaria.)
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Normas que cita
- Ley 15.057 (Provincia De Buenos Aires)arts. 24, 26
- Ley 10.397 (Provincia De Buenos Aires)arts. 337, 340
- Ley 8904 (Provincia De Buenos Aires)arts. 21, 23, 28 inc. f, 43, 51
- Ley 8455 (Provincia De Buenos Aires)art. 12
- Ley 14.967 (Provincia De Buenos Aires)arts. 15, 16, 21
- Ley 10620 (Provincia De Buenos Aires)arts. 175, 193
- Ley 13948 (Provincia De Buenos Aires)art. 27
- Ley 10765 (Provincia De Buenos Aires)arts. 25, 30
- CCyCNart. 1627 · Codigo civil y comercial de la nacion
- Ley 27.348art. 17 · Riesgos del trabajo
- Ley 26.590Contrato de trabajo
- Ley 27.802art. 277 · Ley de modernizacion laboral
- Resolución 1415/03 (AFIP)art. 13
- Ley 11.683 (Provincia De Buenos Aires)art. 33
- Acordada 3971/20 (Provincia De Buenos Aires)
- Ley 20.744
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