LEYEMBERGER FABRICIO DANIEL C/ MINISTERIO DE SEGURIDAD DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ PRETENSION RESTABLECIMIENTO O RECONOC. DE DERECHOS - EMPL.PUBLICO
El actor promovió acción contencioso-administrativa reclamando el pago de la totalidad de las licencias anuales no usufructuadas (LANU) al cese, calculadas a valores actuales con intereses. El Tribunal rechazó la demanda y sostuvo que, conforme a la normativa y a la doctrina del Superior Tribunal (causa Barrera), sólo son compensables dinerariamente los días del último año calendario previo al cese y la parte proporcional del año del cese.
¿Quién es el actor?
Leyemberger Fabricio Daniel (policía retirado) por medio de su letrada apoderada.
¿A quién se demanda?
Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Pago de la totalidad de las licencias anuales no usufructuadas (LANU) adeudadas a lo largo de la carrera, calculadas a valores actuales al momento de dictarse sentencia y más intereses desde el inicio del procedimiento administrativo; además reclamó SAC proporcional.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó la demanda en todos sus términos y se impusieron las costas al actor.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que la cuestión litigiosa se circunscribe a determinar si corresponde hacer lugar a la demanda incoada ... tendiente a que se le abonen la totalidad de las licencias anuales no usufructuadas (LANU) ... tomando como base a los efectos del cálculo del capital los valores actuales al momento de dictarse sentencia, con más los intereses devengados..." (Considerando I).
"El decreto 387/23 ... precisa determinadas cuestiones relacionadas con las licencias. Entre ellas contempla que la licencia ordinaria anual es de goce obligatorio durante el período que se conceda y que, si hubiera una parte no utilizada en el período correspondiente, podrá ser transferida únicamente al año siguiente como máximo ... (art. 3, decreto mencionado, incorporado como último párr. al art. 44 del anexo único del dec. 1.050/09). Por último, el art. 81 ... 'al agente que cese en el servicio activo se le liquidará el importe correspondiente a la licencia anual ordinaria no usufructuada ... siempre que reuniera los requisitos exigidos para su goce...'." (Considerando III y V).
"Así las cosas, conforme surge de los precedentes citados, se concluye que sólo podían compensarse dinerariamente los días correspondientes al último año calendario antes del cese y los pertinentes al año en que este se produjo." (Considerando VII).
"En tal sentido, la caducidad del derecho a gozar del mencionado descanso respecto de períodos anteriores determinó necesariamente la pérdida del derecho a obtener el consecuente resarcimiento pecuniario ... y de ello deriva que la liquidación acompañada en el expediente administrativo resultaría acorde con lo expuesto por la normativa específica aplicable al caso, dado que Leyemberger Fabricio Daniel tuvo su retiro activo voluntario (RAV) con fecha 15 de enero de 2025 y se le liquidaron ... cuarenta y cinco (45) días correspondientes al año 2023/2024 y siete (07) días por el periodo 2024/2025." (Considerando VII).
"Por los fundamentos expuestos, y el precedente de la SCBA en la causa 'Barrera', corresponde rechazar la demanda deducida por Leyemberger Fabricio Daniel en todos sus términos. (cfr. art. 289 inc. 2, CPCC)." (Considerando VIII).
¿Qué se resolvió?
"1.- Rechazar la demanda promovida por el Sr. Leyemberger Fabricio Daniel ... contra el Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires, en todos sus términos ... 2. Imponer las costas por su orden ... 3. Diferir la regulación de los honorarios profesionales ... 4. Regístrese, y notifíquese de manera automatizada ..."
¿Cómo votaron los jueces?
El fallo se apoya en la doctrina del Superior Tribunal de la Provincia (causa "Barrera") y en la interpretación del decreto 1.050/09 y su modificación por decreto 387/23; el dispositivo final rechaza la demanda, por lo que esa es la decisión de la mayoría (regla de dispositivo final aplicada).
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Normas que cita
- Ley 13.982 (Provincia De Buenos Aires)arts. 10 inc. p), 44 inc. a), 45 inc. g) apartado 1)
- Decreto 1.050 (Provincia De Buenos Aires)arts. 43, 44, 81
- Decreto 387 (Provincia De Buenos Aires)arts. 44 (último párrafo), 81 (último párrafo)
- Constitución Nacionalart. 14 bis · Constitucion nacional
- Constitución (Provincia De Buenos Aires)art. 39 inc. 3
- CCCNarts. 2560, 2561 · Codigo civil y comercial de la nacion
- CPCC (Provincia De Buenos Aires)art. 289 inc. 2
- CCA (Provincia De Buenos Aires)arts. 30 inc. 2, 51
- Ley 14.437 (Provincia De Buenos Aires)art. 51 inc. 1 (CCA)
- Ley 14.866 (Provincia De Buenos Aires)
- Ley 14.990 (Provincia De Buenos Aires)
- Ley 15.101 (Provincia De Buenos Aires)
- Ley 15.165 (Provincia De Buenos Aires)
- Ley 14.967 (Provincia De Buenos Aires)art. 51
- Convención OIT 52arts. 2, 4, 7
Fallos que cita
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- BaraldoSCBA · 31/10/2016
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- RoigSCBA · 15/06/2011
- FernándezSCBA · 04/05/2016
- RoigSCBA · 23/09/2009
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- GonzálezSCBA · 06/11/2019
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- LevitánSCBA · 21/11/1995
- HermosoSCBA · 17/11/1999
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- MartocciSCBA · 04/03/2003
- Di BenedettoSCBA · 03/09/2008
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