ESCOBAR, SERGIO DANIEL c/ GENDARMERIA NACIONAL s/CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO-VARIOS
El actor demandó por la inconstitucionalidad y restitución de descuentos previsionales contenidos en el Decreto N° 679/1997. La Cámara Federal de Resistencia rechazó las apelaciones de las demandadas y confirmó la sentencia de primera instancia, apoyándose en precedentes de la CSJN que declararon la inconstitucionalidad del decreto y en la doctrina sobre prescripción bienal aplicable.
¿Quién es el actor?
Escobar, Sergio Daniel.
¿A quién se demanda?
Gendarmería Nacional y Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal (y/o la administración previsional correspondiente).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Impugnación del Decreto N° 679/1997 por aumentos de aportes/descuentos previsionales (del 8% al 11%) y pedido de restitución/pago de diferencias; aplicación de prescripción; objeciones sobre legitimación pasiva y régimen de pago conforme ley de presupuesto; distribución de costas.
¿Qué se resolvió?
Se rechazaron los recursos de apelación interpuestos por las demandadas y, en consecuencia, se confirmó la sentencia de primera instancia; se impusieron las costas de esta instancia a la demandada vencida y se ordenó comunicar a la Dirección de Comunicación y Gobierno Abierto de la Corte Suprema.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
1) "…que los fundamentos dados por el Poder Ejecutivo Nacional no alcanzan para poner en evidencia que el dictado del decreto en cuestión haya obedecido a la necesidad de adoptar medidas inmediatas para paliar una situación de rigurosa excepcionalidad y urgencia que pusiera en riesgo el normal funcionamiento del sistema previsional de la Gendarmería Nacional sino que, por el contrario, traducen la decisión de modificarlo de manera permanente, sin recorrer el cauce ordinario que la Constitución prevé (arg. Fallos: 322:1726)". (cita del precedente 'Pino, Seberino' y conclusión sobre inconstitucionalidad del Decreto 679).
2) "La misma interpretación debe efectuarse con respecto a la Ley N° 23.627 dada su similitud con el art. 82 de la Ley N° 18.037. Dicha doctrina fue aplicada de manera uniforme por las tres Salas de la Cámara Federal de la Seguridad Social..." (fundamento para aplicar la prescripción bienal prevista en el art. 2562 inciso c) del Código Civil y Comercial).
3) "No luce evidente que exista una falta de legitimación pasiva de la demandada (GNA)… considerando la vinculación existente entre ambas reparticiones -dependientes del mismo Ministerio- Gendarmería Nacional deberá arbitrar los mecanismos necesarios a los fines de efectivizar lo ordenado con la repartición y/u organismo que correspondiere." (fundamento para mantener la legitimación pasiva de Gendarmería).
¿Cómo votaron los jueces?
No hay disidencia; las Dras. Patricia Beatriz García y María Virginia Ise adhieren al voto preopinante de la Dra. Rocío Alcalá, por lo que la decisión es unánime.
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Normas que cita
- Constitución Nacionalart. 99 inc. 3 · Constitucion nacional
- Ley 23.627Jubilaciones y pensiones
- CCyCNart. 2562 inc. c) · Codigo civil y comercial de la nacion
- Ley 13.593arts. 30 inc. J), 33°
- Ley 13.596arts. 12, 17, 23
- Decreto-ley 15.943
- Decreto 357
- Decreto 1418
- Decreto 760 (2018)art. NACIONAL
- 770/2014
- 1008/2014
- Ley 27.423art. 2 · Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
- CPCCNart. 68 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
- Ley 18.037
Fallos que cita
- Pino, SeberinoFallos 344:2690
- Pino, SeberinoFallos 322:1726
- Cerámica San LorenzoFallos 307:1094
- Jaroslavsky, Bernardo26/02/1985
- Palmieri, Marcelo Benjamín y otros22/09/2020
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