SALINAS, ROSA TEOFILA c/ ANSES s/CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO-VARIOS
La actora demandó a ANSES solicitando acceso al régimen de moratoria (ley 27.705 y reglamentación) para obtener jubilación y cancelar la deuda previsional en cuotas. La Cámara Federal de Paraná hizo lugar al recurso de apelación de ANSES, revocó la sentencia de primera instancia y rechazó la demanda, declarando además la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018 y regulando costas y honorarios.
¿Quién es el actor?
SALINAS, ROSA TEÓFILA (actora).
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Se pidió acceder al plan de moratoria previsto en la ley 27.705 (y su decreto reglamentario 173/2023) para obtener el beneficio jubilatorio y que se le permita cancelar la deuda previsional en cuotas; se solicitó la declaración de inconstitucionalidad e inaplicabilidad de arts. 9 y 12 de la ley 27.705, del art. 12 del decreto 173/2023, del punto 4 del Anexo I de Resolución N° 76/23 de ANSES, de la Resolución General Conjunta AFIP-ANSES N° 5345 y normas concordantes.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar al recurso de apelación interpuesto por la parte demandada, se revocó la sentencia de primera instancia y, por consiguiente, se rechazó la demanda. Se declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018; se impusieron las costas de ambas instancias en el orden causado; se regularon honorarios al letrado de la parte actora por 10 UMA ($1.080.050) por actuación en primera instancia y por 3 UMA ($324.015) por la actuación en la Cámara; no se regularon honorarios a los letrados de la demandada por aplicación del art. 2 de la ley 27.423. Se tuvo presente la reserva del caso federal.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"En consecuencia, en razón de que no se considera que la normativa atacada vulnere la Constitución Nacional –en tanto el legislador actuó dentro de su margen de discrecionalidad- y a que no se encuentra controvertido que la actora percibe una pensión por fallecimiento que supera un haber mínimo, cabe afirmar que la decisión de ANSES de no permitirle acceder a un plan de pagos para cancelar su deuda previsional resulta acorde a los parámetros legales dispuestos para el caso en concreto. Por todo lo expuesto, corresponde hacer lugar al recurso de apelación interpuesto por la parte demandada, revocar la sentencia de primera instancia y, en consecuencia, rechazar la demanda."
"Que, se declara la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018 y, en consecuencia, se imponen las costas de ambas instancias en el orden causado debido al modo en que se resuelve –atento lo previsto en el art. 279 del CPCCN- y conforme lo establecido en el art. 36, última parte, de la ley 27.423."
¿Cómo votaron los jueces?
No consta voto en disidencia; el voto que resuelve fue acompañado por los Dres. Aranguren y Busaniche.
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Normas que cita
- Ley 27.705arts. 9, 12 · Plan de pago de deuda previsional
- Decreto 173/2023art. 12 (reglamenta art.12 ley 27.705); Anexo I
- DNU 157/2018art. 3
- Resolución 76/23 (ANSES)arts. Anexo I, punto 4
- AFIP-ANSES 5345
- CPCCNart. 279 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
- Ley 27.423arts. 36, 30, 51, 58, 2 · Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
- Ac. 30/2023 (CSJN)
- Resolución SGA 2622/26 (CSJN)
Fallos que cita
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