KHATCHEKIAN ISABEL c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora reclamó la incorporación de bonificaciones y la declaración de inconstitucionalidad de varias normas de movilidad previsional. El Juzgado federal hizo lugar parcialmente a la demanda, declaró prescritos los créditos anteriores a dos años, dejó sin efecto la resolución impugnada y ordenó a ANSeS practicar la liquidación en 120 días.
¿Quién es el actor?
KHATCHEKIAN ISABEL.
¿A quién se demanda?
ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSeS).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Se reclama la declaración de inconstitucionalidad de normas de movilidad (entre ellas art. 2 ley 27.426, leyes 27.541, 27.609, decretos, Dto 274/24) y la incorporación al haber de bonos/subsidios extraordinarios otorgados a jubilaciones mínimas; además se solicita recálculo del haber y reajustes.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar parcialmente a la demanda y se dejó sin efecto la resolución impugnada; se hizo lugar a la excepción de prescripción respecto de créditos anteriores a los dos años; se ordenó a ANSeS que en el plazo de ciento veinte días, contados desde la recepción del expediente administrativo o desde la notificación, practique la liquidación ordenada; se declararon las costas por su orden y se difirió la regulación de honorarios hasta existir suma líquida aprobada.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Analizada la causa, el objeto peticionado y los antecedentes doctrinarios y jurisprudenciales, estimo que con fundamento en el art. 347 del CPCCN última parte corresponde sea declarada la existencia de cosa juzgada parcial, atento la sentencia anterior, respecto a la solicitud de revisión del haber inicial, la actualización de la PBU, la inconstitucionalidad de los topes legales y de la ley de movilidad."
"En primer orden, corresponde hacer lugar la excepción de prescripción deducida por la demandada, declarando prescriptos los créditos reclamados anteriores a los dos años del reclamo administrativo, (art. 82, tercer apartado, ley 18.037 —conforme art. 168 de la ley 24.241—)."
"En tal sentido, comparto los argumentos y criterio expuesto por el Dr. Fasciolo en su disidencia en la causa '138.932/2017 FERNÁNDEZ PASTOR Miguel Ángel c. ANSeS s. Amparos y Sumarísimos'... En ese orden, estimo que los índices de movilidad jubilatoria del período septiembre a diciembre de 2017, previstos por la ley 26.417, no habían sido incorporados al patrimonio del actor a la fecha de entrada en vigencia de la ley 27.426 (29/12/2017)... En consecuencia, no habré de hacer lugar al planteo formulado."
"En consecuencia, habiendo finalizado el 31/12/2020 la emergencia y suspensión de la movilidad dispuestas por la ley 27.541 y reanudándose la vigencia de la ley 27.426 hasta el día 5/1/2021 conforme lo dispuso la propia ley 27.609... entiendo que debe liquidarse a la parte actora el haber que hubiera correspondido de haberse aplicado la movilidad establecida en la ley 27.426 —descontando lo percibido por los aumentos otorgados por los decretos 163/2020, 495/2020, 692/2020 y 899/2020— y tener en cuenta éste último haber readecuado para los meses de enero y febrero de 2021 y para adicionar el incremento previsto en la ley 27.609 en marzo de 2021."
"Las diferencias resultantes desde que cada suma es debida y hasta el efectivo pago devengarán intereses a la Tasa Pasiva promedio mensual que publica el Banco Central de la República Argentina (conf. CSJN, S.2767. XXXVIII, 'Spitale, Josefa Elida c. ANSeS s. Impugnación de Resolución Administrativa', sent. del 14-9-2004, S.2767. XXXVIII)."
¿Cómo votaron los jueces?
no se registran votos en disidencia en el dispositivo final: la parte dispositiva fue dictada por la jueza firmante y constituye la decisión del tribunal de grado.
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Normas que cita
- Ley 18.037art. 82 (tercer apartado) · Nuevo regimen de jubilaciones y pensiones
- Ley 24.241art. 168; art. 32 · Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
- CCyCNart. 7 · Codigo civil y comercial de la nacion
- Ley 27.426art. 2 · Reforma previsional
- Ley 26.417Prestaciones previsionales
- Ley 27.541art. 1 · Emergencia publica
- Decreto 163/2020
- Decreto 495/2020
- Decreto 692/2020
- Decreto 899/2020
- Ley 27.609art. 1; art. 2 · Indice de movilidad jubilatoria
- Decreto 274/24
- Ley 27.423art. 23 inc. c; art. 36 (mencionado) · Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
- CPCCNart. 347; art. 68 inc. 2 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
Fallos que cita
- "FERNÁNDEZ PASTOR Miguel Ángel c. ANSeS"CSJN · 04/12/2025
- "Spitale, Josefa Elida c. ANSeS"CSJN · 14/09/2004
- "García, María Isabel c. AFIP"CSJN · 26/03/2019
- "García Marta Susana c. ANSeS"CSJN · 10/09/2020
- "García Blanco Esteban c. ANSeS"CSJN · 06/05/2021
- "Badaro" (precedente)CSJN
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