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Tribunal Superior

CASTAÑO IVÁN MAXIMILIANO C/ PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCIÓN ESPECIAL.

Reclamo por accidente de trabajo contra una ART y cuestionamiento de la aplicación del DNU 669/2019. La Suprema Corte declaró la inconstitucionalidad, hizo lugar al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley y revocó la sentencia impugnada por haber aplicado el DNU.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Fuero
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
RL-134500
Recurso extraordinario Inaplicabilidad de ley Dnu 669/2019 Inconstitucionalidad Accidente de trabajo Accion especial Reformatio in pejus Suprema corte de justicia (provincia de buenos aires) Remision al tribunal de origen Costas por su orden.

¿Quién es el actor?

CastAÑO Iván Maximiliano.

¿A quién se demanda?

Provincia Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Acción especial por accidente de trabajo (revisión de pronunciamiento que aplicó prescripciones del DNU 669/2019).

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley, se revocó la sentencia impugnada en cuanto aplicó las prescripciones del DNU 669/2019 y se declaró la inconstitucionalidad de dicho decreto en el caso. Se remitieron los autos al tribunal de origen para que, integrado con otros jueces y respetando el principio que veda la reformatio in pejus, dicte nuevo pronunciamiento. Se impusieron las costas de esta instancia por su orden.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Los agravios planteados por la recurrente hallan adecuada respuesta en lo expresado por este Superior Tribunal al decidir en la causa L. 129.800, 'Muzychuk' (sent. de 14-VII-2025) y su progenie (L. 128.977, 'Chocobar', sent. de 13-III-2026; L. 127.690, 'Ovejero', sent. de 26-V-2026 y L. 130.546, 'Paszkiewich', sent. de 23-VI-2026; entre muchos otros), a cuyas conclusiones y fundamentos corresponde remitir por razones de economía y sencillez (art. 31 bis, tercer párrafo, ley 5.827 y modif.), resultando ello suficiente para resolver la impugnación traída."

"A tenor de lo prescripto en el tercer párrafo del art. 31 bis de la ley 5.827 (y modif.), y dejando a salvo mi opinión expuesta en la causa L. 127.690, 'Ovejero' (sent. de 26-V-2026), acompaño lo resuelto por mis colegas que me preceden en la votación."

"RESUELVE: Hacer lugar al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley traído y, en consecuencia, revocar la sentencia impugnada en cuanto aplicó las prescripciones del decreto de necesidad y urgencia 669/2019, cuya inconstitucionalidad -en el caso- se declara. Los autos se remiten al tribunal de origen para que, integrado con otros jueces, y en resguardo del principio que veda la reformatio in pejus, dicte nuevo pronunciamiento."

Normas que cita

  • Ley 5.827 (Provincia De Buenos Aires)art. 31 bis
  • Decreto-ley 669/2019
  • Resolución 10/20 (Presidencia SCBA) (Provincia De Buenos Aires)art. 1 acápite 3 "c"
  • Resolución 921/21 (SCBA) (Provincia De Buenos Aires)
  • Acordada 3.971/20 (SCBA) (Provincia De Buenos Aires)
  • CPCC (Buenos Aires) (Provincia De Buenos Aires)arts. 68, 289

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