ZAMICHIEI VANESA GABRIELA C/ GOBERNACIÓN DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ RECURSO CONTRA DECISIÓN COMISIÓN MÉDICA JURISDICCIONAL. LEY 14.997.
La actora reclamó el pago de la prestación prevista en el art. 14, inc. 2, apartado a de la ley 24.557 por secuelas incapacitantes de un accidente in itinere. La Suprema Corte rechazó el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley y confirmó la declaración de inconstitucionalidad del DNU 669/2019, declarando además carente de virtualidad y/o insuficientemente fundados otros agravios.
¿Quién es el actor?
Vanesa Gabriela Zamichiei.
¿A quién se demanda?
Gobernación de la Provincia de Buenos Aires, en su carácter de empleadora autoasegurada.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Pago de la prestación dineraria prevista en el art. 14, inc. 2, apartado "a", de la ley 24.557 como consecuencia de las secuelas incapacitantes derivadas de un accidente in itinere; al momento del cálculo se había declarado la inconstitucionalidad del DNU 669/2019 y se fijó el ingreso base conforme art. 12 de la ley 24.557 con las modificaciones de la ley 27.348.
¿Qué se resolvió?
La Suprema Corte rechazó el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto por la Fiscalía de Estado y confirmó el pronunciamiento de grado en cuanto declaró la inconstitucionalidad del DNU 669/2019. Respecto del agravio relativo a la Resolución 1.039/2019 declaró su carencia de virtualidad, y el agravio referido a la normativa de orden público prohibitiva de actualizar (arts. 7 y 10 ley 23.928 modif. por ley 25.561) fue desestimado por insuficiente fundamento. Las costas se impusieron por su orden.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El tribunal de trabajo n° 1 ... hizo lugar a la demanda promovida por la señora Vanesa Gabriela Zamichiei y condenó a la Provincia de Buenos Aires -en su calidad de empleadora autoasegurada- al pago de la prestación dineraria prevista en el art. 14, inc. 2 apartado 'a', de la ley 24.557, como consecuencia de las secuelas incapacitantes derivadas del accidente in itinere que protagonizó (v. pronunciamientos de fecha 24-IV-2024)."
"Por ello, la Suprema Corte de Justicia RESUELVE: Rechazar el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto y confirmar el pronunciamiento de grado en cuanto declaró la inconstitucionalidad del decreto de necesidad y urgencia 669/2019. Respecto del agravio tratado en el punto III.2., declarar su carencia de virtualidad, y con relación al abordado en el punto III.3. disponer su desestimación por encontrarse insuficientemente fundado (art. 31 bis, ley 5827 y modif.)."
"Por cuestiones metodológicas, corresponde alterar el orden de tratamiento de los agravios traídos. III.1. Ante todo, es menester aclarar que el órgano judicial de grado no declaró de oficio la inconstitucionalidad del referido reglamento, como erróneamente aduce la recurrente, toda vez que dicho dispositivo había sido objetado en el escrito de contestación de la demanda (v. pág. 11, apartado VIII.1 de la presentación electrónica de fecha 18-IV-2023)."
"III.3. Respecto de la crítica descripta en el apartado II.3., es menester recordar que el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley no constituye la vía idónea para canalizar denuncias vinculadas a la omisión de tratamiento de cuestiones litigiosas, pues tales alegaciones constituyen materia propia del recurso extraordinario de nulidad ..."
¿Cómo votaron los jueces?
el bloque dispositivo final fue suscripto por los jueces indicados y constituye la decisión de la Corte; no se consignan votos disidentes en el bloque final.
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Normas que cita
- Decreto 669/2019
- Resolución 1.039/2019 (Superintendencia de Seguros de la Nación)
- Ley 24.557arts. 12, 14 · Ley de riesgos del trabajo
- Ley 27.348art. 12 · Riesgos del trabajo
- Ley 14.997 (Provincia De Buenos Aires)
- Ley 23.928arts. 7, 10 · Convertibilidad del austral
- Ley 25.561arts. 7, 10 · Emergencia publica y reforma del regimen cambiario
- Ley 5.827 (Provincia De Buenos Aires)art. 31 bis
- CPCCN/CPCCBA (Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia de Buenos Aires) (Provincia De Buenos Aires)arts. 68, 289
Fallos que cita
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.