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Tribunal Superior

LÓPEZ FRANCO EZEQUIEL C/ PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A S/ RECURSO CONTRA DECISIÓN COMISIÓN MÉDICA JURISDICCIONAL. LEY 14.997.

Reclamo por prestaciones dinerarias de ley 24.557 por secuelas incapacitantes de accidente in itinere. La Suprema Corte declaró inconstitucional, en el caso, el DNU 669/2019 y revocó la aplicación de sus prescripciones, ordenando remitir los autos al tribunal de origen para nuevo pronunciamiento.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Fuero
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
RL-132860
Recurso extraordinario Inaplicabilidad de ley Dnu 669/2019 Inconstitucionalidad Ley 24.557 Prestaciones arrt Accidente in itinere Remision Costas Suprema corte de justicia (provincia de buenos aires)

¿Quién es el actor?

López Franco Ezequiel.

¿A quién se demanda?

Provincia Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Pago de la prestación dineraria prevista en el art. 14, inc. 2 apartado "a" de la ley 24.557 por secuelas incapacitantes derivadas de un accidente in itinere.

¿Qué se resolvió?

La Suprema Corte hizo lugar parcialmente al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto por la aseguradora, declaró la inconstitucionalidad, en el caso, del decreto de necesidad y urgencia 669/2019 en cuanto fue aplicado por el tribunal de origen, revocó esa parte de la sentencia apelada y remitió las actuaciones al tribunal de origen para que, integrado con otros jueces, dicte nuevo pronunciamiento. Se impusieron las costas de la instancia por su orden.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"III. El recurso prospera parcialmente.

III.1. El agravio planteado respecto del decreto de necesidad y urgencia 669/2019 halla adecuada respuesta en lo expresado por este Superior Tribunal al decidir la causa L. 129.800, "Muzychuk" (sent. de 14-VII-2025), a cuyas conclusiones y fundamentos corresponde remitir por razones de economía y sencillez (art. 31 bis, tercer párrafo, ley 5.827 y modif.).

III.2. La solución propuesta exime de brindar tratamiento al agravio reseñado en el apartado II.2, traído en subsidio por la recurrente.

Por ello, la Suprema Corte de Justicia

RESUELVE:

Hacer lugar parcialmente al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley y, en consecuencia, revocar la sentencia impugnada en cuanto aplicó las prescripciones del decreto de necesidad y urgencia 669/2019, cuya inconstitucionalidad, en el caso, se declara. Los autos se remiten al tribunal de origen para que, integrado con otros jueces, dicte nuevo pronunciamiento.

Las costas de esta instancia se imponen por su orden, en atención al progreso parcial de la impugnación y a la novedad del tema resuelto y las dificultades interpretativas generadas por la normativa aplicable (arts. 68 segundo párr. y 289, CPCC)."

¿Cómo votaron los jueces?

El bloque dispositivo final del expediente dispone la decisión que aquí se informa; se sigue la solución plasmada en ese dispositivo, en concordancia con la causa precedente L. 129.800 "Muzychuk" citada por la Corte.

Leyes que cita

  • Ley 14.997 de Buenos AiresAdhiere a la ley nacional n° 27348, ley complementaria de la ley sobre riesgos del trabajo, ley 24557 (comisión médica…
  • Ley 24.557Ley de riesgos del trabajo

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