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Primera Instancia

SAPA JUAN EUGENIO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor solicitó el reajuste de su prestación jubilatoria y el recálculo del haber inicial por aplicación correcta de pautas de actualización. El juez federal hizo lugar parcialmente a la demanda, ordenó a ANSeS la redeterminación del haber y el pago de diferencias con intereses desde el 07/10/2022, declaró inconstitucionales normas específicas y admitió excepción de prescripción.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL 6
Fuero
FEDERAL DE SEGURIDAD SOCIAL
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CSS 016175/2025
Intereses Prescripcion Inconstitucionalidad Seguridad social Reajuste previsional Pbu Topes maximos Ley 24.241 Ley 24.463 Liquidacion.

¿Quién es el actor?

SAPA JUAN EUGENIO.

¿A quién se demanda?

A.N.Se.S. (Administración Nacional de la Seguridad Social).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajuste y recálculo del haber previsional (prestación otorgada bajo ley 24.241), actualización de remuneraciones computadas, aplicación de pautas de movilidad y pago de retroactivos con intereses; impugnación de topes máximos y planteos de inconstitucionalidad de diversas normas.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar parcialmente a la demanda; se ordenó a ANSeS que redetermine el haber previsional según las pautas del fallo y que abone, en su caso, las diferencias con más intereses desde el 07/10/2022 (dos años previos al reclamo administrativo), en el plazo del art. 22 ley 24.463 mod. por ley 26.153. Se hizo lugar a la excepción de prescripción (art. 82 ley 18.037). Se declararon inconstitucionales: art. 4 de la ley 27.609 y art. 4 de la Res. SSS 3/21; y se declaró la inconstitucionalidad del art. 26 de la ley 24.241 y art. 9 de la ley 24.463 para el supuesto en que su aplicación provoque una merma superior al 15% respecto de los haberes calculados conforme a esta sentencia. Se desestimaron los restantes planteos de inconstitucionalidad. Costas a la demandada. Regulación de honorarios diferida para liquidación definitiva.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La cuestión a resolver se centra en determinar si la aplicación del método previsto por la referida ley y sus reglamentaciones ha asegurado, en el caso, la vigencia de las garantías contempladas por el art. 14 bis de la Constitución Nacional y en consecuencia, si procede o no la recomposición del haber previsional en los términos solicitados."

"En virtud de lo anterior, a fin de evitar un dispendio jurisdiccional, estimo adecuado aplicar la referida doctrina y ordenar la actualización de la PBU de acuerdo con el índice considerado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el citado fallo 'Badaro'..."

"En el supuesto en que dicho porcentaje supere el 15% corresponderá abonar la PBU reajustada al acreditarse la confiscatoriedad requerida (conf. 'Actis Caporale...')."

"Entiendo que... resulta inconstitucional el tope dispuesto por el art. 4 de la Res. SSS 3/21... ya que importa un exceso reglamentario contrario al espíritu del art. 24 de la ley 24.241..."

"Las diferencias adeudadas deberán abonarse al actor sin deducción alguna, de conformidad con lo resuelto por la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación en autos 'Pellegrini, Américo'..."

¿Cómo votaron los jueces?

No se registran votos en disidencia en la parte dispositiva; la sentencia fue dictada por la juez federal subrogante que suscribe.

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