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Primera Instancia

CORREA MARTIN c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor promovió demanda contra ANSES solicitando el recálculo y reajuste de su haber previsional por aplicación de índices de movilidad y actualización de remuneraciones. El Juzgado hizo lugar parcialmente, dejó sin efecto la resolución administrativa impugnada, ordenó recalcular y pagar el haber inicial reajustado en 120 días y declaró la inconstitucionalidad de la limitación reglamentaria fijada por la Res. SSS 6/9 en los términos expuestos.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL 5 - SECRETARIA Nº 1
Fuero
FEDERAL DE SEGURIDAD SOCIAL
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CSS 010676/2023
Anses Movilidad jubilatoria Pbu Prestacion compensatoria Prestacion adicional por permanencia Recalculo jubilatorio Ley 27.609 Ley 24.241 Prescripcion (art. 82 ley 18.037) Inconstitucionalidad res. sss 6/9

¿Quién es el actor?

MARTIN CORREA.

¿A quién se demanda?

ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Se solicita dejar sin efecto la resolución administrativa que denegó el reajuste de haberes, ordenar el recálculo, liquidación y pago de las diferencias del haber previsional (PBU, PC, PAP), y se plantean inconstitucionalidades de normas y límites reglamentarios aplicados al cálculo y movilidad.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar parcialmente a la demanda, se dejó sin efecto la resolución impugnada, se hizo lugar a la excepción de prescripción en los términos indicados (limitando la exigibilidad a los períodos no anteriores al 16/02/2021) y se ordenó a ANSES que en el plazo de 120 días practique la liquidación conforme los criterios fijados en los considerandos y ponga al pago el haber inicial recalculado; costas a cargo de ANSES por su orden; regulación de honorarios diferida.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"De las constancias obrantes en la causa surge que la parte actora obtuvo su beneficio jubilatorio (PBU-PC-PAP) a la luz de lo dispuesto en el art. 17 de la ley 24.241..., habiendo adquirido el derecho al beneficio el 13/04/2016...".

"En primer orden, del análisis de la presente causa se desprende que el pedido de reajuste del haber previsional ingresó en sede administrativa el 16/02/2023, por lo que habré de establecer la pertinencia del reclamo por los períodos cuya exigibilidad no sea anterior al 16/02/2021, (artículo 82, tercer apartado, ley 18.037 –conforme art. 168 de la ley 24.241-)."

"corresponde diferir el cálculo a los fines de verificar la consfiscatoriedad para la etapa de ejecución (conf. C.S.J.N. in re 'Actis Caporale', Fallos 323:4216).... A fin de verificar los extremos requeridos por la Excma. C.SJ.N. ... se harán las siguientes operaciones: 1) Establecer la diferencia entre la P.B.U. redeterminada según las variaciones anuales del índice de salarios...; 2) Una vez establecido ello, deberá determinar el porcentaje de confiscatoriedad... calcular la merma cuantificada en dinero (M.C.)... 3) De resultar el porcentaje confiscatorio (mayor al 15%)... corresponderá proceder a la redeterminación de la P.B.U. ... y declarar la inconstitucionalidad del art. 20 de la ley 24.241 modificado por la ley 26.417."

"En función de lo peticionado por la parte actora... corresponde establecer un mecanismo de actualización de las remuneraciones hasta la fecha de adquisición de derecho al beneficio; ... se aplicará la pauta dada por la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación, en el fallo 'Elliff, Alberto c/ANSeS s/reajustes varios'... el Índice de Salarios Básicos de la Industria de la Construcción, Personal no Calificado, Promedio General... desde que cada remuneración fue percibida y hasta el 28/02/2009 inclusive... A partir de allí... las pautas de actualización fijadas por la ley 26417 y resoluciones que la reglamentan."

"Respecto del planteo de inconstitucionalidad del art. 14 de la Res. SSS 6/9... estimo que el artículo en cuestión incurre en un exceso reglamentario... corresponde por lo tanto declarar su inconstitucionalidad al caso en cuestión."

"Que en relación al pedido de inconstitucionalidad de los artículos 9 y 25 de la ley 24.241... declaro inconstitucional su aplicación (conf. 'Lohle María Teresa Inés c/Anses s/Reajustes Varios', CSJN, 15.10.2015).... Que en relación al artículo 9 de la ley 24.463 inciso 3ro., corresponde declarar su inconstitucionalidad cuando su aplicación resulte confiscatoria por superar el 15% la merma en el haber..."

"En tal sentido, estimo que los índices de movilidad jubilatoria del período septiembre a diciembre de 2017, previstos por la ley 26.417, no habían sido incorporados al patrimonio del actor a la fecha de entrada en vigencia de la ley 27.426 (29/12/2017) ... no existe aplicación retroactiva de la ley sino una situación jurídica que no se encontraba consolidada..."

"En consecuencia, habiendo finalizado el 31/12/2020 la emergencia y suspensión de la movilidad dispuestas por la ley 27.541... debe liquidarse a la parte actora el haber que hubiera correspondido de haberse aplicado la movilidad establecida en la ley 27.426 descontando lo percibido por los aumentos otorgados por los decretos 163/2020, 495/2020, 692/2020 y 899/2020... y adicionar el incremento previsto en la ley 27.609 en marzo de 2021."

"Las diferencias resultantes desde que cada suma es debida y hasta el efectivo pago devengarán intereses a la Tasa Pasiva promedio mensual que publica el Banco Central de la República Argentina (conf. C.S.J.N., 'Spitale, Josefa Elida c/ Anses s/ Impugnación de Resolución Administrativa', sent. del 14 de septiembre de 2004)."

¿Cómo votaron los jueces?

no se consignan votos en disidencia en la sentencia.

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