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Primera Instancia

BARDI, GINO c/ OBRA SOCIAL DE ACTORES s/AMPARO DE SALUD

Amparo de salud por prestaciones y asistencia domiciliaria solicitadas por afiliado con Ataxia de Friedreich. El Juzgado Civil y Comercial Federal N°6 hizo lugar al amparo y condenó a la Obra Social de Actores a cubrir integralmente (100%) cuidador domiciliario 24 hs., acompañante terapéutico 4 hs. diarias y enfermería 4 hs. diarias, además de la silla de ruedas y su motorización, con reglas sobre prestadores propios o ajenos y plazos de pago.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL 6- SECRETARIA Nº 12
Fuero
CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CCF 000510/2024
Obra social Discapacidad Salud Amparo Enfermeria Acompanante terapeutico Cuidador domiciliario Resolucion 428/99 Ataxia de friedreich Cobertura 100%

¿Quién es el actor?

G.B. (amparista), afiliado a Obra Social de Actores, diagnosticado con Ataxia de Friedreich.

¿A quién se demanda?

Obra Social de Actores.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobertura al 100% de cuidador domiciliario 24 horas los 7 días, acompañante terapéutico 4 horas por día los 7 días, enfermería 4 horas por día los 7 días, silla de ruedas (con características prescritas) y motorización de la silla según prescripción médica.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la acción de amparo y se condenó a la Obra Social de Actores a brindar cobertura integral (100%) de las prestaciones reclamadas (cuidador 24 hs., acompañante terapéutico 4 hs. diarias, enfermería 4 hs. diarias, silla de ruedas y motorización) prescriptas por el médico tratante, con la salvedad de que cuando las prestaciones sean brindadas por prestadores propios se otorgará cobertura total; si son prestadores ajenos, la obra social debe abonar conforme a los valores del nomenclador aprobado por Resolución 428/99 y sus modificaciones (Módulos “Hogar Permanente, Categoría A” y “Prestaciones de Apoyo”), con más 35% por dependencia para el cuidador, y pagar las facturas en 15 días. Se imponen las costas a la demandada. Se fijan honorarios de la apoderada de la parte actora en 30 UMAS ($3.240.150).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que el derecho cuya protección se persigue en autos, en tanto compromete la salud e integridad física del accionante, aparece reconocido por la Constitución Nacional y los convenios internacionales suscriptos por nuestro país (conf. art. 42 y 75 inc. 22 CN; art. 12 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales...)".

"la obligación impostergable de las autoridades públicas, de las obras sociales y de las entidades de medicina prepaga emprender acciones positivas dirigidas a facilitar el acceso efectivo a los servicios médicos y de rehabilitación... el derecho a la vida -que incluye la salud- ... no puede ser menoscabado sobre la base de la interpretación de normas legales o reglamentarias que tengan por resultado negar los servicios asistenciales..."

"Que ... la ley 24.901 ... establece ... que 'las Obras Sociales... tendrán a su cargo con carácter obligatorio, la cobertura total de las prestaciones básicas enunciadas en la ley, que necesiten las personas con discapacidad afiliadas a las mismas' ... la cobertura integral de rehabilitación se deberá brindar con los recursos humanos, metodologías y técnicas que fuere menester, y por el tiempo y las etapas que cada caso requiera (arts. 12 y 15)."

"Que la 'Ataxia de Friedreich' se encuentra comprendido en el listado de Enfermedades Poco Frecuentes ... por lo que cuenta con la cobertura específica y la atención integral dispuesta por la ley 26.689..."

Considerando decisorio y conclusión dispositiva: "Haciendo lugar a la acción de amparo incoada. En consecuencia, condeno a la OBRA SOCIAL DE ACTORES a brindarle al amparista -Sr. G.B.- la cobertura integral (100%)..." (texto dispositvo íntegro reproducido en la Parte Resolutiva).

¿Cómo votaron los jueces?

No se registran votos en disidencia en la sentencia.

Normas que cita

  • Constitución Nacionalarts. 42, 75 inc.22 · Constitucion nacional
  • Ley 24.901arts. 2, 12, 15, 18, 33-39 · Discapacidad
  • Ley 22.431art. 15 · Sistema de proteccion integral de discapacitados
  • Decreto 498/83
  • Resolución 428/99
  • Resolución 201/2002art. Anexo II
  • Resolución 307/2023art. Anexo (Enfermedades Poco Frecuentes)
  • Resolución 641/21art. Anexo I
  • Ley 26.689Salud publica
  • Acordada 10/25 (CSJN) (Caba/nacional)art. 7
  • Ley 27.423arts. 16, 19, 29, 47, 51 · Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia

Fallos que cita

  • "Fallos: 302:1284"CSJN · Fallos 302:1284
  • "Lifschitz, Graciela Beatriz y otros c/ Estado Nacional"CSJN · 15/06/2004
  • "Fallos: 310:1185"CSJN · Fallos 310:1185
  • "Fallos: 311:1191"CSJN · Fallos 311:1191
  • "Fallos: 320:2289"CSJN · Fallos 320:2289
  • "Fallos: 322:2701"CSJN · Fallos 322:2701
  • "Fallos: 324:122"CSJN · Fallos 324:122

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