MIHALJEVIC MIGUEL EMILIO EN JUICIO N 26295 MARTINEZ, ALDO ALEJANDRO C/ PREVENCION A.R.T S.A S/ ACCIDENTE P/ RECURSO EXTRAORDINARIO PROVINCIAL
El actor interpuso recurso extraordinario provincial cuestionando la regulación de honorarios del perito en un acuerdo homologado por accidente de trabajo. La Sala Segunda hizo lugar al recurso y ordenó regular los honorarios del perito conforme al art. 63 del CPL (Ley 9109) aplicable al momento de la prestación, fijando $11.802,14 más IVA e intereses.
¿Quién es el actor?
Dr. Miguel Emilio Mihaljevic, por su apoderada Dra. Jazminka Mihaljevic.
¿A quién se demanda?
Prevención ART S.A. (en autos caratulados Martínez, Aldo Alejandro c/ Prevención ART S.A. p/Accidente).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Se interpone recurso extraordinario provincial contra la sentencia homologatoria de un convenio de indemnización por accidente de trabajo, impugnando la cuantía regulada para los honorarios profesionales del perito médico (reducción a $2.800 más IVA).
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar al recurso extraordinario, se anuló parcialmente el dispositivo impugnado y se regló los honorarios del perito médico Dr. Miguel Emilio Mihaljevic en $11.802,14 más IVA ($2.478,45), calculados al tiempo de la prestación, con intereses; se impusieron las costas al orden causado; y se ordenó se regulen también los honorarios de los abogados conforme ley 9131.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"6. Conforme a ello, corresponde en el presente caso la aplicación del art. 63 del código procesal laboral modificado por el art. 42 de la Ley 9109 teniendo en cuenta que, a la fecha de presentación del dictamen profesional se encontraba vigente el nuevo ordenamiento procesal laboral."
"8. A partir de estas pautas considero que, deben regularse los honorarios del perito médico laboral Dr. Miguel Emilio Mihaljevic en medio jus, en la suma de pesos once mil ochocientos dos con 14/100 ($11.802,14) con más la suma de pesos $2.478,45 en concepto de IVA, al tiempo de la prestación de los servicios procesionales, en apego a la interpretación señalada y la doctrina de este Superior Tribunal. Ello, sin perjuicio de la aplicación de intereses calculados al momento de su efectivo pago y al límite dispuesto por el art. 277 de la ley de contrato de trabajo, si correspondiere."
"1°) Admitir el recurso extraordinario provincial interpuesto a fs. 258/262 y en consecuencia, corresponde anular parcialmente el dispositivo 4) del resolutivo pronunciado a fs. 140 de los autos N°26295... el que quedará redactado del siguiente modo: '4)... Regular los honorarios profesionales del perito médico Dr. Miguel Emilio Mihaljevic en la suma de pesos once mil ochocientos dos con 14/100 ($11.802,14) con más la suma de pesos $2.478,45 en concepto de IVA, calculada al tiempo de la prestación de los servicios profesionales, con más sus intereses legales correspondientes hasta su efectivo pago.'"
¿Cómo votaron los jueces?
No se registran votos en disidencia; los Dres. Valerio y Palermo adhieren al voto mayoritario.
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Normas que cita
- Constitución (Provincia De Mendoza)art. 160
- CPCCyT (Provincia De Mendoza)arts. 145, 150
- CPL / Ley 9109 (Provincia De Mendoza)arts. 42, 63, 51 y 69
- Ley 9.109 (Provincia De Mendoza)art. 42
- Ley 2144 (Provincia De Mendoza)
- Ley 9131 (Provincia De Mendoza)arts. 2, 3, 15, 31, 16
- LCTart. 277 · Ley de contrato de trabajo
- CCyCNart. 2 · Codigo civil y comercial de la nacion
- ACORDADA 29.196 (Provincia De Mendoza)arts. considerandos (2, 9, 10, 19)
- C.P.C.C.yT. (mencionado) (Provincia De Mendoza)art. 36 ap. I
Fallos que cita
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