JurisprudenciaARG
Cámara de Apelaciones

FARRAS, JUAN OSCAR c/ ANSES s/REAJUSTE DE HABERES

El actor promovió acción contra ANSES solicitando el reajuste del haber previsional. La Cámara Federal de Córdoba modificó parcialmente la sentencia de grado: declaró constitucional la Ley 27.426 para la movilidad del haber en el período cuestionado, confirmó lo demás decidido y ordenó imposición de costas en el orden causado.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA FEDERAL DE CÓRDOBA - SALA A - SECRETARIA PREVISIONAL
Fuero
FEDERAL DE CÓRDOBA
Jurisdicción
Federal · Cordoba
Expediente
FCB 003664/2022/CA001
Reajuste de haberes Anses Ley 27.426 Constitucionalidad Villanustre Isbic Costas Honorarios Seguridad social Recalculo de haber

¿Quién es el actor?

Farras, Juan Oscar.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo de reajuste de haberes previsionales y recálculo del haber inicial; declaración de inconstitucionalidad de normas aplicadas; y costas.

¿Qué se resolvió?

Se modificó la sentencia de primera instancia solamente en cuanto a la declaración de constitucionalidad de la Ley N° 27.426 (se declaró constitucional para la movilidad del haber del actor en ese período) y en la imposición de las costas de primera instancia en el orden causado; en todo lo demás la sentencia fue confirmada. Asimismo, se impusieron las costas de segunda instancia en el orden causado y se reguló honorarios de la asistencia letrada del actor en el 30% de lo que se fije en grado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Ello así ya que el valor de la jurisprudencia que provee de fundamento a la doctrina jurisprudencial del Máximo Tribunal de la Nación es la autoridad institucional de sus precedentes, fundada en la condición de que el Alto Tribunal es el intérprete supremo de la Constitución Nacional y de las leyes dictadas en su consecuencia, da lugar a que en oportunidad de fallar casos sustancialmente análogos, sus conclusiones sean debidamente consideradas y consecuentemente seguidas tanto por la misma Corte Suprema de Justicia de la Nación como por los tribunales inferiores (Corte Suprema de Justicia de la Nación, 11/2/2014, "Arte Radiotelevisivo Argentino S.A. c/Estado nacional — JGM- SMC s/ Amparo ley 16.986" y Fallos 183:409, entre otros)."

"En función de ello y atento al resultado aquí arribado, las costas de ambas instancias se impondrán en el orden causado (conforme arts. 36 de la ley 27.423 y 68, 2da. parte del CPCCN), regulándose los honorarios de la asistencia letrada de la parte actora en el 30% de lo que oportunamente se estime en la instancia de grado, no haciendo lo propio a la representación jurídica de la parte demandada por ser profesional a sueldo de su mandante (conf. arts. 30 y 2, respectivamente, de la Ley N° 27.423)."

"En cuanto a la queja relativa a la pretendida aplicación del precedente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en autos: 'Villanustre, Raúl Félix' (Sentencia de fecha 17 de diciembre de 1991), cabe señalar que este tope procederá si en la etapa de ejecución se comprueba que el haber recalculado supera el salario que percibe una persona que detenta igual cargo en actividad, recayendo la carga de la prueba en torno a acreditar este supuesto en la Administración Nacional de la Seguridad Social."

¿Cómo votaron los jueces?

No se consignan votos en disidencia en el bloque dispositvo final; la Parte Resolutiva expresa la decisión mayoritaria que se reproduce arriba.

Normas que cita

  • Ley 27.426art. 2 (mencionado) · Reforma previsional
  • Ley 27.423art. 36 · Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
  • CPCCNarts. 68, 2da. parte · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
  • Ley 24.241arts. 24 inc. a), 97; arts. 9, 24, 25, 26 (mencionados) · Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
  • Ley 24.463art. 9 (mencionado) · Solidaridad previsional
  • Ley 26.417Prestaciones previsionales
  • Ley 27.260Reparacion historica para jubilados y pensionados
  • Resolución 23/2004 (ANSES)arts. Anexo I, 2
  • Resolución 955/2008 (Secretaría de Seguridad Social)
  • Ley 16.986

Fallos que cita

  • "Elliff"CSJN
  • "Villanustre, Raúl Félix"CSJN · 17/12/1991
  • "Blanco, Lucio Orlando c/ ANSES s/ reajustes varios"CSJN · 18/12/2018
  • "Fernández Pastor, Miguel Ángel c/ ANSeS s/ amparos y sumarísimos"CSJN · 04/12/2025
  • "Actis Caporale, Loredano Luis"CSJN · 19/08/1999
  • "Munizaga, Ernesto Juan c/ ANSES - Reajustes Varios"CAMARA FEDERAL CÓRDOBA · 03/03/2015
  • "Núñez, Marta Elena c/ ANSES - Reajustes Varios"CAMARA FEDERAL CÓRDOBA · 12/03/2015
  • "Piazza, María Cristina c/ Anses – Reajuste de Haberes"CAMARA FEDERAL CÓRDOBA
  • "Ferrini, Luis Enrique c/ Anses s/reajustes por movilidad"CAMARA FEDERAL CÓRDOBA · 08/04/2019
  • "RAMOS, Miguel Efraín c/ ANSES s/Reajustes por Movilidad"CAMARA FEDERAL CÓRDOBA
  • "CATTANEO, Oscar c/ ANSES – Reajuste de Haberes"CAMARA FEDERAL CÓRDOBA · 02/12/2015
  • "MORALES, Blanca Azucena c/ ANSeS s/ Impugnación de acto administrativo"CAMARA FEDERAL CÓRDOBA · 22/06/2023

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