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Cámara de Apelaciones

CAPPARELLI, ROQUE CARLOS c/ ANSES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD

El actor demandó a ANSES por reajustes por movilidad de su haber previsional. La Cámara Federal de Mar del Plata hizo lugar a la apelación del actor, declaró inconstitucionales los Decretos 163/2020, 495/2020, 692/2020 y 899/2020 y ordenó a ANSES abonar las diferencias conforme al art. 32 de la ley 24.241 (mod. por ley 27.426); además revocó parcialmente la sentencia en lo relativo a la recomposición desde 09/2022 y confirmó la inaplicabilidad del art.1º de la ley 27.609.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA FEDERAL DE MAR DEL PLATA - SECRETARIA PREVISIONAL
Fuero
FEDERAL DE MAR DEL PLATA
Jurisdicción
Federal · Buenos Aires
Expediente
FMP 000277/2024/CA001
Reajuste de haberes Movilidad previsional Inconstitucionalidad Decretos 163/2020 495/2020 692/2020 899/2020 Ley 24.241 Ley 27.426 Ley 27.609 art.1 Anses Bono extraordinario previsional.

¿Quién es el actor?

CAPPARELLI, ROQUE CARLOS.

¿A quién se demanda?

ANSeS.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajustes por movilidad de haberes previsionales y reconocimiento de diferencias derivadas de aplicación del art. 32 de la ley 24.241 (modificado por ley 27.426); planteos de inconstitucionalidad respecto de decretos del PEN y del art.1 de la ley 27.609; tratamiento de bonos extraordinarios y efectos impositivos.

¿Qué se resolvió?

La Cámara hizo lugar al recurso de apelación del actor; declaró la inconstitucionalidad de los Decretos 163/2020, 495/2020, 692/2020 y 899/2020 y ordenó a ANSeS abonar la diferencia que surja entre lo percibido por la actora y lo que hubiere percibido de aplicarse el art. 32 de la ley 24.241, modificado por la ley 27.426. Revocó parcialmente la sentencia en cuanto a recomponer el haber desde 09/2022 hasta la finalización del "Bono Extraordinario Previsional" y confirmó la declaración de inconstitucionalidad e inaplicabilidad del art. 1º de la ley 27.609, debiendo aplicarse lo resuelto en el precedente PALACIOS c/ ANSeS. Confirmó el resto de la sentencia apelada y ordenó imponer las costas a la vencida.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En consecuencia, corresponde DECLARAR la inconstitucionalidad de los Dec. 163/2020 495/2020, 692/2020 y 899/2020, y con ello ordenar a la demandada a que abone la diferencia que surja entre lo percibido por la actora y lo que hubiere percibido de aplicarse el art. 32 de la ley 24.241, modificado por la ley 27.426."

"REVOCAR parcialmente la sentencia en cuanto ordena RECOMPONER el haber a partir del mensual 09/2022 y hasta que deje de otorgarse el actualmente llamado 'Bono Extraordinario Previsional', y en consecuencia confirmar la DECLARACION DE INCONSTITUCIONALIDAD e INAPLICABILIDAD al caso de Autos, del art. 1º de la ley 27.609, debiendo aplicarse aquí lo resuelto en el fallo 'PALACIOS, JUAN CEFERINO c/ ANSeS s/REAJUSTES VARIOS, Expediente Nº 4223/2024', que remite a los Autos 'GIMENEZ, MIRTA NOEMI c/ ANSeS s/REAJUSTES VARIOS', Expte. Nro. 3073/2022..."

"Corresponde declarar la inconstitucionalidad del art. 1 de la ley 27.609, debiendo estarse al Índice de Precios al Consumidor que publica el INDEC."

¿Cómo votaron los jueces?

no consta en el bloque resolutivo final disidencia que modifique lo resuelto; los votos individuales que puedan haber propuesto otras soluciones quedaron subordinados a la parte resolutiva transcripta.

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