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Primera Instancia

DEL RIO FACUNDO NICOLAS C/ YAZAKI ARGENTINA S.R.L. S/ DESPIDO 3

El actor reclamó diferencias indemnizatorias y rubros salariales tras despido sin causa, incluyendo salario julio 2023 e integración del mes de despido. El Tribunal hizo lugar parcialmente al reclamo por $486.378,08 y declaró inconstitucional el art. 55 de la ley 27.802, ordenando actualizar los créditos según art. 276 LCT (CER + 3% anual).

Fecha de la sentencia
Tribunal
TRIBUNAL DEL TRABAJO Nº 2 - SAN ISIDRO
Fuero
TRIBUNAL DE TRABAJO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
SI-40951-2023
Despido sin causa Indemnizaciones Actualizacion de creditos Inconstitucionalidad art. 55 ley 27.802 Art. 276 lct Cer Salario julio 2023 Costas y honorarios Ley 15.057 art. 67 Derecho alimentario (observacion: las normas y fallos listados corresponden a las citas expresas o referencias textuales que surgen del cuerpo de la sentencia. se consigno - en campos no precisados textualmente en el fallo.)

¿Quién es el actor?

Facundo Nicolás Del Río.

¿A quién se demanda?

Yazaki Argentina S.R.L.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

diferencias indemnizatorias y de rubros salariales e indemnizatorios por despido sin causa (indemnización sustitutiva del preaviso, integración del mes de despido, salario julio 2023, incremento art. 67 ley 15.057, etc.).

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar parcialmente a la demanda por la suma total de $486.378,08 (diferencia en indemnización sustitutiva del preaviso $1.874,60; diferencia en integración del mes de despido $2.244,24; salario julio 2023 $370.968,65; incremento art. 67 ley 15.057 $111.290,59). Se declaró la inconstitucionalidad del artículo 55 de la ley 27.802; los créditos se actualizarán conforme al art. 276 LCT mediante CER más 3% anual desde la fecha de mora hasta la fecha de la sentencia. Se rechazaron las demás pretensiones (indemnización por antigüedad, rubros de agosto 2023, SAC prop., vacaciones prop., arts. 2 Ley 25.323 y 80 LCT, y sanciones arts. 132 bis y 275 LCT). Se impusieron costas y se regularon honorarios.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Por lo expuesto, desechada la validez constitucional del art. 55 LML por los motivos expuestos, los créditos mandados a pagar se ajustarán conforme a la pauta del art. 276 LCT, a través del CER (Coeficiente de Estabilización de Referencia) más el 3 % anual, desde la fecha de mora hasta la fecha de la presente Sentencia."

"El artículo 55 de la Ley 27.802 introduce un método de actualización indirecta basado en la tasa pasiva del Banco Central de la República Argentina (BCRA), pero establece, al mismo tiempo, límites de techo y piso... Este esquema presenta serias objeciones."

"El establecimiento de un piso reducido en un 33% respecto del criterio de actualización plena resulta irrazonable, especialmente en relación con créditos ya judicializados al momento de entrada en vigencia de la norma. Esta situación genera una afectación directa al carácter alimentario del crédito laboral."

"En consecuencia, propongo que se declare la inconstitucionalidad del art. 55 de la ley 27.802 - Ley de Modernización Laboral -, por los motivos vertidos."

Dispositivo final literal (extracto): "el Tribunal RESUELVE: 1°) Declarar la inconstitucionalidad del artículo 55 de la ley 27.802. 2°) Hacer lugar en forma parcial a la demanda promovida por el Sr. Facundo Nicolas Del Rio contra Yazaki Argentina S.A. por la suma total de $ 486.378,08.- ... 3°) Los créditos mandados a pagar se ajustarán conforme a la pauta del art. 276 LCT, a través del CER ... más el 3 % anual..."

(No se consignan votos en disidencia que modifiquen el bloque dispositivo final: los tres jueces votaron en igual sentido sobre el resultado, con Michienzi expresando adhesión salvo por la declaración de inconstitucionalidad y proponiendo criterio distinto para el eventual incumplimiento.)

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