ORTEGA ROMINA GISELLE C/ GRUPO MLP S.R.L. S/ DESPIDO
La actora promovió demanda por despido contra Grupo MLP S.R.L. y las partes arribaron a un acuerdo conciliatorio que fue sometido a homologación. El Tribunal homologó la conciliación en todos sus términos, reguló costas y honorarios (letrados y peritos), intimó a la demandada a acreditar tasas y contribuciones y dispuso la forma de pago mediante transferencia o depósito en cuentas personales.
¿Quién es el actor?
ORTEGA ROMINA GISELLE (actora por despido).
¿A quién se demanda?
GRUPO MLP S.R.L. (empleador).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamo por despido; las partes celebraron un acuerdo conciliatorio sobre la totalidad de los rubros reclamados.
¿Qué se resolvió?
El Tribunal del Trabajo Nº 1 de La Plata homologó la conciliación arribada por las partes; aplicó las costas a la demandada y reguló honorarios de letrados y peritos; intimó a la demandada a acreditar el pago de la Tasa Retributiva de Servicios Judiciales ($165.000) y la contribución del 5% ($8.250); dispuso forma de pago por transferencia o depósito en cuenta personal y exigió documentación de CBU, DNI y situación tributaria/previsional de los profesionales.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"A la cuestión planteada la Dra. STELLA MARIS MARCASCIANO, dijo: Atento a que lo pactado libremente por las partes, que informa el escrito presentado, cumple con los recaudos legalmente exigibles para alcanzar una justa composición de los derechos e intereses de las mismas, toda vez que no implica renuncias a derechos del trabajador que supongan derechos reconocidos por el empleador en autos, ni afectan disposiciones de orden público en vigencia, soy de opinión favorable de homologarlo, en todas sus partes, en cuanto involucra la totalidad de los rubros reclamados y acuerdo sobre las costas ocasionadas. (Arts. 15 de la ley 20.744, 1641 y siguientes del Código Civil y Comercial de la Nación, 73, 160 162 y conc. del CPCC; 24, 25, 30 y 89 de la ley 15.057).
ASI LO VOTO.
Los Dres. NICOLÁS VIGLIAROLO y MAURICIO JAVIER BORDINO, por compartir fundamentos, votan en igual sentido."
Bloque dispositivo final (transcripto):
"Terminado el Acuerdo, el Tribunal del Trabajo Nº 1 de La Plata RESUELVE:
a) Homologar la conciliación arribada por las partes en las presentes actuaciones.-
b) Aplicar las costas a la demandada a cuyo efecto regúlanse los honorarios ... (se fijan importes en IUS y moneda) ... Los honorarios del perito informático CORREA MARTIN SEBASTIAN se fijan en la suma de PESOS $300.000, con más los porcentajes de ley. Los honorarios del perito contador LACHA PABLO ALBERTO, se fijan en la suma de PESOS $300.000, con más los porcentajes de ley.
c) Intimar a la parte demandada para que en el plazo de DIEZ DIAS adjunte los correspondientes comprobantes que acrediten el pago de la suma de PESOS $165.000 en concepto de Tasa Retributiva de Servicios Judiciales y la suma de PESOS $8250 en concepto de Contribución del 5% ... bajo apercibimiento ...
d) Hágase saber a las partes que la cancelación del CAPITAL y HONORARIOS profesionales ... deberá efectuarse MEDIANTE TRANSFERENCIA O DEPÓSITO DIRECTO EN LA CUENTA BANCARIA PERSONAL DE CADA BENEFICIARIO ..."
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Normas que cita
- Constitución (Provincia De Buenos Aires)arts. 161, 168
- Ley 20744arts. 15, 277 · Ley de contrato de trabajo
- CCyCNart. 1641 y sigs. · Codigo civil y comercial de la nacion
- CPCC (Provincia De Buenos Aires)arts. 73, 160, 162 y conc.
- Ley 15057 (Provincia De Buenos Aires)arts. 24, 25, 30, 89, 11, 12, 27, 89 (mencionados en distintos pasajes)
- Ley 14967 (Provincia De Buenos Aires)arts. 9, 54
- Ley 27802Ley de modernizacion laboral
- Ley 6716 (Provincia De Buenos Aires)art. 12 inc. g; arts.12 inc. a y 14 (mencionados)
- Ley 15563 (Provincia De Buenos Aires)
- Ley 10620 (Provincia De Buenos Aires)art. 193
- Ley 11785 (Provincia De Buenos Aires)
- Ley 13750 (Provincia De Buenos Aires)
- Ley 12724 (Provincia De Buenos Aires)arts. 27 incs. b), 29
- Ley 13948 (Provincia De Buenos Aires)
- CODIGO FISCAL Pcia Bs As (Provincia De Buenos Aires)arts. 268, 269, 277 inc."a", 279, 280, 281, 283
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