TABORDA FRANCISCO ARIEL ALBERTO C/ FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A. S/ ACCION DE REVISION RES. COMISION MEDICA JURISDICCIONAL LEY 15057
El actor reclamó prestaciones indemnizatorias por secuelas incapacitantes derivadas de contagios de COVID-19 en su trabajo como supervisor de limpieza. El Tribunal hizo lugar a la demanda, declaró inconstitucional el Art.12 de la Ley 24.557 (mod. por art.11 Ley 27.348) y el Decreto 669/19, y condenó a la aseguradora a pagar $72.149.817,96 más intereses.
¿Quién es el actor?
Francisco Ariel Alberto Taborda, DNI 34.401.603, quien se desempeñaba como supervisor del área de limpieza, afectado a desinfección de sectores COVID-19.
¿A quién se demanda?
Federación Patronal Seguros S.A.U., afiliada de la empleadora LOGISTICAL S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Prestaciones indemnizatorias previstas en la Ley 24.557 por secuelas incapacitantes (disfonía por nódulo en cuerda vocal; reacción vivencial anormal neurótica) por contagios de COVID-19 denunciados el 23/07/2020 y el 14/10/2020.
¿Qué se resolvió?
Se hace lugar a la demanda; se declaró la inconstitucionalidad del artículo 12 de la Ley 24.557 (mod. art.11 Ley 27.348) y la inconstitucionalidad e inaplicabilidad del Decreto 669/19 en el caso; se condenó a Federación Patronal a abonar $72.149.817,96 dentro de diez (10) días hábiles judiciales, con regulación de intereses y costas a la demandada.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"En tales condiciones, valoradas las conclusiones de la pericia médica, las explicaciones brindadas por la experta y las restantes constancias de autos, y no advirtiendo -en los términos en que ha sido producida la prueba- elementos de convicción suficientes que justifiquen apartarse de sus conclusiones, no obstante la petición de la parte demandada de remitir las actuaciones a la Asesoría Pericial Departamental, corresponde tener por acreditado que el señor Taborda presenta una incapacidad laboral parcial y permanente del 37% de la total obrera, incluidos los factores de ponderación derivada de las tareas prestadas para su mandante."
"Conviene en este pasaje dejar aclarado que si bien este Colegiado ha aplicado el Decreto N° 669/19 en diversos pronunciamientos ... lo cierto es que, de acuerdo a lo peticionado por la parte actora ... y al criterio expuesto por la Suprema Corte Provincial en la Causa L129800 'Muzychuk ...', resulta imperioso apartarse de la postura hasta aquí sostenida, procediendo a evaluar ... las alternativas que el ordenamiento jurídico coloca al alcance de este Tribunal ... En tal sentido, debe declararse en el caso concreto, la inconstitucionalidad e inaplicabilidad del Decreto N° 669/19, sin costas atento la índole de la cuestión (art. 24 2° párr., ley 15.057)."
"En consecuencia, corresponderá declarar la inconstitucionalidad del artículo 12 de la ley 24.557 modificado por art. 11 ley 27.348, con los alcances referidos, propuesta que encuentra sustento asimismo en la doctrina legal establecida por el superior Tribunal Provincial ... Sin imposición de costas dado la índole de la cuestión (art. 24 2° párr., ley 15.057)."
"Corresponderá considerar un módulo de ingreso base de $1.467.000 ... el actor será acreedor ... de la suma: 53 x $1.467.000 x 37% x 2,09 = $60.124.848,30 ... A la suma así establecida corresponde adicionarle el 20% que prescribe el artículo 3° de la ley 26.773, que en el caso es de $12.024.969,66 ... por lo tanto ... diferir a condena la suma total de pesos setenta y dos millones ciento cuarenta y nueve mil ochocientos diecisiete con noventa y seis centavos ($72.149.817,96) a pagarse en el plazo de diez (10) días hábiles judiciales ..."
"Las sumas por las que progresa la demanda devengarán intereses desde el 14/10/2020, hasta la fecha del presente pronunciamiento, aplicándose una tasa pura del 3% anual o su proporcional mensual ... Luego, desde la finalización del plazo ... el importe de condena ... deberá ser actualizado con arreglo a la variación del índice de RIPTE con más un interés moratorio del 6% anual o su proporcional mensual."
¿Cómo votaron los jueces?
El acuerdo fue unánime; Vigliarolo votó y Bordino y Marcasciano adhirieron.
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Leyes que cita
- Ley 15.057 de Buenos AiresEstablece el nuevo procedimiento laboral en la provincia
- Ley 24.557Ley de riesgos del trabajo
- Ley 27.348Riesgos del trabajo
- Ley 26.773Riesgos del trabajo
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