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Primera Instancia

SUCESION DE CELIZ ERNESTO OSVALDO (I.D.E.A.S) C/ RETTORI CECILIA ALEJANDRA S/ CONSIGNACION

La actora reclamó indemnizaciones y rubros laborales por despido incausado y demás conceptos derivados de la relación de trabajo con el Instituto de Enseñanza América del Sur. El Tribunal hizo lugar parcialmente a la demanda: declaró el despido incausado, reconoció y condenó a los codemandados al pago de distintos rubros y actualizaciones, rechazó la consignación y varios agravios (differences salariales, art. 80 LCT, recupero de cargas sociales) y, por mayoría, graduó y aplicó la actualización conforme a la ley 27.802/27.806.

Fecha de la sentencia
Tribunal
TRIBUNAL DEL TRABAJO Nº 1 - AVELLANEDA
Fuero
TRIBUNAL DE TRABAJO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
37702
Consignacion Despido incausado Indemnizacion laboral Art. 132 bis lct (sancion por retencion de aportes) Inconstitucionalidad parcial Actualizacion ipc + 3% Legitimacion pasiva (herederos) Art. 80 lct (certificados de trabajo) Ley 27.802 / actualizacion Costas y honorarios Observaciones breves: la decision es de primera instancia (tribunal del trabajo n?1 Avellaneda) y la regla de mayoria fue respetada (voto de la dra. caceres con adhesiones). el tribunal declaro inconstitucional Para el caso El art. 132 bis lct en cuanto a la sancion y la graduo Rechazo la consignacion y varios rubros y aplico el esquema de actualizacion previsto por la legislacion laboral vigente al momento del fallo.

Quién demanda (Actor)

RETTORI CECILIA ALEJANDRA, por intermedio de su letrado.

A quién se demanda (Demandado)

CELIZ LORENA VERONICA, CELIZ VICTOR HUGO y MURGIA ROSA MATILDE en carácter de herederos de la SUCESION DE CELIZ ERNESTO OSVALDO; se atribuye además responsabilidad personal y solidaria a CELIZ LORENA VERONICA.

Qué se reclama (Objeto de la demanda)

Cobro de pesos por indemnizaciones derivadas de despido incausado (arts. 232, 233, 245 LCT), días trabajados del mes de despido, vacaciones proporcionales 2022, SAC proporcional, indemnización art. 2 ley 25.323, sanción art. 132 bis LCT por retención de aportes, y otros rubros; impugnación de una consignación previa efectuada por la demandada; planteos de inconstitucionalidad sobre la ley 24.432 y la aplicabilidad de reglas de actualización.

Qué se resolvió (Decisión del tribunal)

El Tribunal RESUELVE por mayoría:

1) RECHAZAR la demanda de pago por consignación.

2) RECHAZAR el planteo de inconstitucionalidad sobre la ley 24.432 y rechazar pedidos por art. 80 LCT, diferencias salariales, recupero de cargas sociales y art. 53 ter ley 11.653.

3) HACER LUGAR parcialmente a la reconvención/acción de R ettori y condenar a CELIZ VICTOR HUGO, CELIZ LORENA VERONICA y MURGIA ROSA MATILDE (herederos) y a CELIZ LORENA VERONICA en forma personal y solidaria, al pago de PESOS VEINTICUATRO MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS TREINTA Y SEIS ($24.342.936) en el término de diez días, con entrega de certificados de trabajo y actualización por IPC + 3% anual en caso de incumplimiento. Impuso costas a las codemandadas vencidas y reguló honorarios y peritos.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En este sentido tiene dicho la doctrina y jurisprudencia que para que se configure dicha causal tiene que ocurrir un hecho que afecte al mercado e impacte en la empresa, que el mismo sea de carácter excepcional, imprevisible o inevitable y no imputable al empleador ni propio del riesgo empresario, toda vez que la ajenidad que caracteriza el vínculo laboral impide que le sean trasladadas al trabajador las consecuencias negativas del giro comercial del empleador o aquellas que aparecen como consecuencia de la realización ordinaria del objetivo empresario... En todos los casos, por tratarse de una excepción al principio general antes mencionado, la prueba se encuentra a cargo del empleador... Por todo ello juzgo que la demandada no ha logrado acreditar la causal invocada para despedir a la actora (arts. 247 y ccdts. de la LCT, art 375 CPCC, art 54 inc d) y ccdts de la ley 15.057) y en consecuencia, el despido deviene incausado."

"Para la procedencia de la sanción conminatoria mensual que el art. 132 bis de la Ley de Contrato de Trabajo deben concurrir los siguientes presupuestos: a) la retención por parte del empleador de algunos de los aportes o contribuciones a los que aquella hace referencia; b) la omisión de ingresar en tiempo propio, total o parcialmente los mencionados aportes ante el organismo, entidad o institución a que estuvieran destinados; y c) que dicha omisión persista al momento de extinguirse el contrato de trabajo (SCBA LP L. 125949 S 31/08/2022)... Considerando entonces que los jueces pueden realizar el control oficioso de constitucionalidad de las leyes (SCBA, L. 116.994 sent. del 2-7-2014), ante la evidente falta de proporcionalidad que resulta consecuencia de la ausencia de previsión legal que posibilite la graduación de la multa, y en consonancia además con lo resuelto por la CSJN en la causa "Domínguez, Yanina Vanesa c/ Muresco S.A.", Fallos: 347:952, sentencia del 13-8-2024 propongo declarar, para el caso, la inconstitucionalidad del art. 132 bis de la LCT, vigente al momento del despido, en orden a la sanción prevista en él y como consecuencia de ello, y atendiendo además al tiempo que imprimió la tramitación de las presentes, a graduar la sanción en el orden del 10% ($8.085.604), del monto resultante del cálculo, esto es, en la suma de $808.560."

"Por lo expuesto, la presente acción prospera por los siguientes rubros: ... Sub-Total $3.522.664 - deposito de autos $761.687,33 TOTAL $2.760.977 ... Tasa pasiva BCRA $ 24.342.936,31 IPC + 3%: $ 26.511.685,19 67% de lPC +3% $ 21.782.252,84 ... CONSECUENCIA ... condenar a la demandada a abonarle a la actora, en el término de diez días de notificada, la suma de PESOS VEINTICUATRO MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS TREINTA Y SEIS ($24.342.936)."

Votos / mayoría

El voto que integra el Tribunal (Dra. Cáceres) fue adherido por los Dres. Gabriele y Valcarce; la decisión consignada corresponde a la mayoría del Tribunal (bloque dispositivo final).

Normas que cita

Fallos que cita

  • "Domínguez, Yanina Vanesa c/ Muresco S.A."CSJN · 13/08/2024 · Fallos 347:952
  • "Barrios"SCBA
  • "Harismendi" L. 103.560SCBA · 17/08/2011
  • "Alveira Garcilazo" L. 107.254SCBA · 05/06/2013
  • "Argüello" L. 110.591SCBA · 25/06/2014
  • "Alarcón" L. 117.623SCBA · 02/09/2015
  • "Rana" L. 125.949SCBA · 31/08/2022
  • "Zuccoli c/ Sum S.A." Q-75.064SCBA · 02/10/2002

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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