COLMAN AGUSTIN ORLANDO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor demandó a ANSES solicitando el reajuste de su prestación previsional conforme ley 24.241. El Juzgado hizo lugar parcial a la demanda, ordenó recalcular el haber y el pago del retroactivo según las pautas judiciales fijadas y dispuso el pago dentro de 120 días, difiriendo regulación de honorarios.
¿Quién es el actor?
COLMAN AGUSTIN ORLANDO.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reajuste del beneficio previsional (jubilación Nº 14-0-0265447-0-0, fecha de adquisición 11/11/2019) conforme a la ley 24.241 y subsidiarias; declaración de inconstitucionalidad de diversas disposiciones; diferencias de haberes y retroactivos.
¿Qué se resolvió?
Se hace lugar parcialmente a la demanda y se ordena a ANSeS abonar el haber recalculado y las diferencias retroactivas conforme a las pautas del decisorio, dentro de 120 días desde que la sentencia quede firme; se imponen las costas en el orden causado; se difiere la regulación de honorarios.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
1) "Luego de la compulsa de la prueba documental arribada en autos, se advierte que el titular obtuvo el beneficio de jubilación Nº 14-0-0265447-0-0 al amparo de la ley 24241, con fecha de adquisición del derecho el 11/11/2019. En consecuencia, será analizado el reclamo por diferencias de haberes que formula a la luz de la ley 24.241."
2) "A efectos de resolver la cuestión litigiosa, cabe advertir en primer término que 'los jueces no están obligados a ponderar una por una y exhaustivamente todas las constancias de la causa, sino sólo aquellas que estimen conducentes para fundar sus conclusiones (Fallos, 311:571) ...'"
3) "Ello así, a fin de verificar los extremos requeridos por la Excma. C.S.J.N. in re 'Quiroga, Carlos Alberto c/ ANSeS s/ Reajustes Varios' ... que disponen que el valor del MOPRE debe ser actualizado por el índice considerado por la Excma. CSJN. en el precedente 'Badaro' y luego las movilidades dispuestas por ley 26.198 y los dtos 1346/07 y 279/08, y a partir de 03/2009 los aumentos previstos por la ley 26.417 hasta la fecha de adquisición del beneficio."
4) "Ello así, a fin de establecer dicha incidencia, corresponde utilizar la siguiente metodología de cálculo: 1) en primer lugar, establecer la diferencia entre la PBU reajustada y la PBU de Caja = Merma Cuantificada ('M.C'); 2) la 'Merma Cuantificada' se la multiplica x 100; y –finalmente- 3) El resultado de la cuenta anterior se divide por el Haber Inicial Reajustado según Sentencia ('HIRS'); a saber: PBU caja + PC reajustada + PAP reajustada = Porcentaje de confiscatoriedad = ('M.C' x 100 % 'HIRS')."
5) "En consecuencia, atendiendo a la fecha de adquisición del derecho, y toda vez que el Congreso de la Nación ha dispuesto en forma específica el índice que corresponde aplicar para la actualización de las remuneraciones correspondientes (conf. Art. 3 de la ley 27.426), procede desestimar el reclamo ejercido sobre el punto."
6) "Las diferencias resultantes a favor de la parte actora, deberán ser abonadas sin quita alguna, en coherencia con lo establecido por el Tribunal cimero, al fallar en la causa 'Pellegrini, Américo c/ Anses s/ reajustes varios' del 28/11/06."
¿Cómo votaron los jueces?
No hay votos de minoría consignados; el decisorio que funda la resolución es el de la sentencia única.
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Normas que cita
- Ley 24.241arts. 24, 25, 26 · Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
- Ley 24.463arts. 22, 9, 9 (impuesto a las ganancias) · Solidaridad previsional
- Ley 26.417Prestaciones previsionales
- Ley 26.198Presupuesto general de la administracion nacional
- Decreto 1346/07
- Decreto 279/08
- Ley 27.426art. 3 · Reforma previsional
- Ley 27.609Indice de movilidad jubilatoria
- Ley 27.541Emergencia publica
- CPCCNart. 68 2da parte · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
- Ley 27.423arts. 2, 36 · Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
- Ley 21.839Aranceles y honorarios de abogados
- Constitución Nacionalart. 14 bis · Constitucion nacional
Fallos que cita
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