JurisprudenciaARG
Primera Instancia

K., M. B. c/ MUTUAL EMPLEADOS DEL BANCO SANTANDER RIO Y OTRO s/AMPARO/SUMARISIMO VALOR CUOTA EMP-DNU 70/23

Amparo por aumentos de cuota de medicina derivado del DNU 70/23 contra la Mutual Empleados del Banco Santander Río y Medicus S.A.; se declaró la acción abstracta por fallecimiento de la actora y, sin embargo, se impusieron las costas a las demandadas y se fijaron honorarios en favor de la letrada patrocinante por $1.483.874 (equivalente a 14 UMA), por entender que la conducta omisiva de las demandadas originó el proceso y justificó la condena en costas.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL 7- SECRETARIA Nº 14
Fuero
CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CCF 006571/2024/CA001
Amparo Dnu 70/23 Cuota de medicina Abstraccion por fallecimiento Costas Honorarios Uma Medicus Mutual empleados banco santander rio Ley 27.423

¿Quién es el actor?

Sra. M. B. K. (amparista), por derecho propio.

¿A quién se demanda?

Mutual Empleados del Banco Santander Río y Medicus Sociedad Anónima de Asistencia Médica y Científica.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Amparo para que se eliminen los aumentos practicados en la cuota del plan de salud a raíz del DNU 70/23 y la restitución de los importes cobrados en exceso; solicitud de medida cautelar y reserva del caso federal.

¿Qué se resolvió?

El tribunal declaró abstracta la cuestión por el fallecimiento de la actora; no obstante, impuso las costas del proceso a las demandadas y fijó los honorarios de la letrada patrocinante en $1.483.874 (equivalente a 14 UMA), con plazo de pago de diez días y actualización conforme art. 54 de la ley 27.423. Asimismo, advirtió sobre la inclusión del IVA si el beneficiario acredita condición de responsable inscripto.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"I) Que, en las acciones de amparo, las decisiones que se adopten deben atender a la situación existente al momento de ser dictadas y toda vez que con la copia del acta de defunción acompañada, se encuentra acreditado el fallecimiento de la Sra. M.B.K., la presente acción ha devenido abstracta (Fallos: 308:1489, entre muchos otros)."

"II) Que la mera circunstancia de que una cuestión litigiosa se torne abstracta, no constituye razón suficiente para sostener que ello sea un obstáculo para decidir en materia de costas, desde que resulta preciso examinar las circunstancias en que tuvo lugar... Desde esta perspectiva, resulta claro que las accionadas no adoptaron los recaudos necesarios, habiendo sido necesario el dictado de la medida cautelar de autos para el cumplimiento de la referida obligación... considero que resulta apropiado concluir, que ha sido la conducta omisiva de las demandadas, quién tenían a su cargo adoptar todos los recaudos necesarios para dar cumplimiento a las obligaciones que pesan sobre ella como principal garante del derecho a la salud, la que generó la articulación de esta causa..."

"Por lo expuesto precedentemente, FALLO: 1) Declarando abstracta la cuestión planteada en la presente acción. 2) Imponiendo las costas del presente proceso a las demandadas (conf. art. 68 del Código Procesal y art. 14 de la ley 16.986). 3) ...corresponde fijar los honorarios de la letrada patrocinante ... en la suma de $1.483.874 los que resultan ser el equivalente a 14 UMA, conforme el valor establecido en la Res. SGA 2372/2026."

¿Cómo votaron los jueces?

No registradas en el expediente.

Normas que cita

  • Ley 16.986arts. 8°, 14 · Amparo
  • CPCCart. 68
  • Ley 27.423arts. 48, 21, 16, 19, 51, 54 · Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
  • Resolución SGA 2372/2026

Fallos que cita

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.