JurisprudenciaARG
Cámara de Apelaciones

CORIA, ELIANA c/ LA FARMACO ARGENTINA I.C.S.A. s/DESPIDO

La actora demandó por despido indirecto por traslado de sede que incrementó sustancialmente su tiempo y costo de traslado. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo – Sala V confirmó la sentencia de grado que declaró justificado el despido indemnizándolo por el uso abusivo del ius variandi y confirmó las condenas accesorias, costas y honorarios conforme al considerando 6° del voto preopinante.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA V
Fuero
NACIONAL DEL TRABAJO
Jurisdicción
Nacional · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CNT 042285/2018/CA001
Despido indirecto Ius variandi Traslado de sede Art. 66 lct Indemnizacion Ley 25.323 art.2 Ley 25.345 art.45 Intereses Reformatio in pejus Costas y honorarios

¿Quién es el actor?

Eliana Coria (actora/trabajadora).

¿A quién se demanda?

La Farmaco Argentina ICSA (empleadora/accionada).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reconocimiento de despido indirecto y condenas indemnizatorias y accesorias por traslado de la sede laboral (uso abusivo del ius variandi), aplicación de rubros indemnizatorios (incluido art. 2 ley 25.323) y sanción art. 45 ley 25.345 según art. 80 LCT; intereses y honorarios.

¿Qué se resolvió?

Confirmar la sentencia apelada en todo lo que fue materia de recurso y agravios; costas y honorarios de ambas instancias conforme al considerando 6° del primer voto; regístrese, notifíquese y cúmplase lo ordenado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En conclusión, he de determinar que la variación del lugar de trabajo de la actora a otro ubicado a una distancia casi cuatro veces superior del que se encontraba prestando servicios, significó un cambio sustancial del contrato de trabajo, que perjudicó moralmente a la Sra. CORIA dado que vería modificada su vida en general. Así, la actora logró acreditar que su empleador dispuso una medida vedada por el art. 66, LCT, en el sentido de que introdujo una modificación que importó un ejercicio irrazonable de dicha facultad que la ley le otorga. Por ende, solo puedo concluir que el despido decidido por la trabajadora el 13 de julio de 2018 -notificado el 18 de ese mes- resultó justificado (arts. 66, segundo párrafo, 242, 243 y 246, LCT)…"

"En definitiva, encuentro acreditado en la causa que el cambio dispuesto por la ex empleadora le ocasionó a la demandante un perjuicio moral y material y que la conducta de la accionada resultó ajena a las previsiones del art. 66 citado de la LCT."

"Adelanto que no le asiste razón a la apelante. Ello porque es sabido que las consecuencias resarcibles de un hecho injurioso se rigen por el marco normativo vigente al momento en que se produjo, es decir que la ley aplicable es la vigente al momento en que el derecho nace que es cuando se configura el presupuesto de operatividad del sistema de responsabilidad del sujeto obligado a indemnizar por el daño."

En cuanto a la facultad de morigerar la indemnización contenida en el art. 2 de la ley 25.323, el voto preopinante sostuvo la posibilidad de disminuir en 50% dicho rubro en el caso concreto, pero "este criterio no es compartido por los restantes miembros que integran el Tribunal" por lo que la mayoría no adoptó esa modificación. Sobre intereses y actualización, el voto remite a la aplicación de tasas conforme a Actas CNAT y consideraciones sobre la ley 27.802, pero advierte que no puede agravarse la situación del único apelante (prohibición de reformatio in pejus) y por ello confirma lo dispuesto en grado respecto de los accesorios.

¿Cómo votaron los jueces?

Se deja constancia que el Dr. Enrique Catani no votó (art. 125 LO). Además, existió divergencia en el tratamiento del art. 2 de la ley 25.323: el preopinante proponía morigerar ese rubro (disminuir en 50%) pero la mayoría de la Sala no acompañó esa postura; así, la decisión de la Cámara sigue la postura mayoritaria que confirmó lo resuelto en grado en este punto.

Normas que cita

  • Ley 27.742Ley de bases y puntos de partida para la libertad de los argentinos
  • Ley 25.323art. 2 · Contrato de trabajo
  • Ley 25.345art. 45 · Prevencion de la evasion fiscal
  • Ley 27.802art. 55 · Ley de modernizacion laboral
  • CCyCNarts. 770 inc. B, 868, 869 · Codigo civil y comercial de la nacion
  • Ley 26.856art. 1 · Justicia
  • Acordada 15/13 (Csjn)art. punto 4
  • Acordada 24/13 (Csjn)
  • Actas CNAT
  • Ley 20.744

Fallos que cita

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.