Siderca S.a.!. y C. y Otros
El Banco Central sancionó a Siderca S.A.I.C. y otros imputados por infracción a la ley 19.359, y la defensa planteó la prescripción de la acción penal. La Corte Suprema desestimó la queja por considerar que las resoluciones que rechazan la prescripción de la acción penal no constituyen sentencia definitiva a los efectos del artículo 14 de la ley 48, sin que se advierta una circunstancia que justifique hacer excepción a ese principio.
¿Quién es el actor?
Banco Central de la República Argentina (organismo que instruye el sumario).
Demandado / imputados: SIDERCA S.A.I.C. (continuadora de DALMINE SIDERCA S.A.I.C.), César Julio de Virgilis, Rosa Mercedes Rodríguez y Roberto Rocca.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
sumario por infracción a la ley 19.359 (régimen penal cambiario), expediente N° 29.889/88 (sumario N° 1704).
¿Qué se resolvió?
la Corte desestimó la queja por recurso extraordinario denegado, y ordenó a la recurrente efectuar el depósito previsto en el artículo 286 del CPCCN dentro del quinto día, bajo apercibimiento de ejecución.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que las resoluciones que rechazan la prescripción de la acción penal no reúnen, por regla, la calidad de sentencia definitiva a los efectos del artículo 14 de la ley 48 (Fallos: 295:704; 303:740; causa: A.409 XXI "Acquarone, Eugenio Luis", resuelta el 24 de septiembre de 1987, y sus citas, entre muchas otras); sin que se advierta en el caso una circunstancia que permita hacer excepción a ese principio."
Del dictamen del Procurador General: "Tiene dicho V.E. que las decisiones cuya consecuencia sea la obligación de continuar sometido a proceso penal no reúnen, por principio, la calidad de sentencia definitiva a los efectos del art. 14 de la ley 48 (Fallos: 307:1030, "Lloyds Bank International Limited s/ infracción ley 19.359"), requisito éste del que no cabe prescindir aunque se invoque lesión a garantías constitucionales o a la tacha de arbitrariedad."
Sobre la excepción: "no se demostró que en el caso de autos se reunieran las mismas circunstancias que en el citado por el recurrente (Fallos: 272:168)"; y se afirma que no se advierte afectación de la progresividad de las etapas procesales ni de la garantía del debido proceso, a diferencia del precedente "Mattei, Angel s/ contrabando en Abasto" (29/11/1968).
Respecto de la extinción de la acción por aplicación de la ley penal más benigna (art. 2 CP), el dictamen sostuvo que esos planteos "suponen la existencia de defensas de fondo que han de desarrollarse procesalmente en el trámite sumarial", por lo que requieren debate y prueba propios de la tramitación del proceso.
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Normas que cita
- Ley 48art. 14 · Justicia nacional
- Ley 19.359Sanciones
- CPart. 2 · Codigo penal
- CPCCNart. 286 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
- Acordada 54
- Decreto 530
Fallos que cita
- Lloyds Bank International Limited s/ infracción ley 19.359CSJN · 03/03/1992 · Fallos 307:1030
- Acquarone, Eugenio LuisCSJN · 24/09/1987
- Mattei, Angel s/ contrabando en AbastoCSJN · 29/11/1968
- Fallos 295:704CSJN
- Fallos 303:740CSJN
- Fallos 305:827CSJN
- Fallos 306:720CSJN
- Fallos 272:168CSJN
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.