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La recurrente dedujo queja por denegación del recurso extraordinario fuera del plazo legal. La Corte desestimó la presentación por extemporánea, al considerar que los feriados locales no interrumpen el cómputo del término para recurrir ante ese tribunal, y dispuso la pérdida del depósito.
Actor/Recurrente: Berta Rosa de Kassis.
Demandado/Contraparte: Américo Toledo.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Recurso de queja por denegación del recurso extraordinario.
¿Qué se resolvió?
Se desestima la presentación directa por extemporánea y se da por perdido el depósito de fs. 31.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
> "Que los feriados locales no inciden en el cómputo del término para recurrir ante esta Corte por denegación de la apelación extraordinaria (Fallos: 302:1140 y 307:2384)."
> "Que, en consecuencia, la queja ha sido deducida extemporáneamente (art. 282 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)."
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Normas que cita
- Ley 23.898arts. 3 inc. g, 13 · Tasas judiciales
- Acordada 77/90
- Acordada 28/91
- Ley 17.454
Fallos que cita
- Fernández Estévez de Mondino, Martha s/ quiebra s/ incidente de subastaCSJN · 03/09/1991
- Fallos 269:180CSJN
- Fallos 285:235CSJN
- Fallos 302:1116CSJN
- Fallos 306:467CSJN
- Fallos 302:1140CSJN
- Fallos 307:2384CSJN
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