JurisprudenciaARG
Corte Suprema

Grano Santiago Hotel de Conte Hermanos Sociedad Colectiva c/ Banco Nacional de Desarrollo

La Corte Suprema admitió el recurso de reposición contra su propia sentencia que había desestimado una queja por apelación ordinaria extemporánea, por existir una transgresión manifiesta al art. 245 del CPCCN. Dejó sin efecto ese pronunciamiento, declaró la nulidad de las resoluciones de la Cámara Federal de Tucumán y desestimó igualmente la queja por haber sido deducida prematuramente.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
Fallos 315:2581
Recurso de reposicion Sentencia de la corte Nulidad procesal Queja por apelacion denegada Recurso ordinario de apelacion Extemporaneidad Art. 245 cpccn Derecho de defensa en juicio Garantias hipotecarias Rescision de contrato.

Actor/Quejoso: Grano Santiago Hotel de Conte Hermanos Sociedad Colectiva.

¿A quién se demanda?

Banco Nacional de Desarrollo.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Recurso de reposición contra sentencia de la Corte que desestimó una queja por apelación ordinaria, y queja por denegación de la apelación ordinaria en un juicio por rescisión de contrato, daños y perjuicios y liberación de garantías hipotecarias.

¿Qué se resolvió?

Se hace lugar a la reposición, se deja sin efecto la sentencia de fs. 38 y se declara la nulidad de las resoluciones de la Cámara Federal de Tucumán; igualmente se desestima la queja por prematura.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Este Tribunal ha resuelto en reiteradas oportunidades que sus sentencias no son susceptibles de aquel recurso, pero ese principio reconoce excepciones cuando se trata de situaciones serias e inequívocas que ofrezcan nitidez manifiesta (confr. Fallos: 296:241 y 310:858)."

"Ello importa un apartamiento notorio de los términos del art. 245 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación y afecta el derecho de defensa en juicio del justiciable."

"...en virtud de la obligación del Tribunal de corregir la actuación de las cámaras nacionales de apelaciones cuando aparezca realizada una transgresión a los principios fundamentales inherentes a la mejor y más correcta administración de justicia, corresponde hacer uso de la facultad de declarar la nulidad de las resoluciones de fs. 1015 y siguientes, pues resultan manifiestamente viciadas."

Normas que cita

Fallos que cita

  • Fallos 296:241CSJN
  • Fallos 302:285CSJN
  • Fallos 306:928CSJN
  • Fallos 307:812CSJN

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.