Luis Alberto Schettini c/ Massalin Particulares S. A.
La Corte Suprema revocó la sentencia que absolvió a un médico por homicidio culposo tras aplicar a un paciente alérgico un analgésico que contenía pirazolona. El tribunal consideró que la absolución se fundó en una reflexión dogmática, prescindiendo de pruebas relevantes, y condenó al profesional a seis meses de prisión en suspenso y cinco años de inhabilitación para ejercer la medicina.
Actor/Querellante: Carmen Amodeo de Pérez (querellante, madre/familiar de la víctima Ramón Pérez, por medio del recurso de hecho)
Demandado/Imputado: Eloy Felipe Abelenda, médico del Sanatorio Municipal "Dr. Julio Méndez"
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Responsabilidad penal por el delito de homicidio culposo (art. 84 del Código Penal) por la muerte de un paciente alérgico a la pirazolona tras la aplicación del inyectable "Lisalgil".
¿Qué se resolvió?
La Corte hizo lugar a la queja y al recurso extraordinario, revocó la sentencia de la Sala V de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional que había absuelto al médico, y lo condenó por homicidio culposo a seis meses de prisión en suspenso y cinco años de inhabilitación especial para ejercer la medicina.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Acreditada la relación de causalidad entre la aplicación del inyectable 'Lisalgil', que contiene pirazolónicos, y la muerte, no cabe aceptar la conclusión liberatoria adoptada por el a quo sólo basada en los dichos del procesado, con prescindencia de las circunstancias relevantes de signo contrario que obran en el juicio."
"...el solo hecho de conocer que estaba asistiendo a una persona alérgica a las drogas, tal como quedó verificado en el juicio de manera evidente, le imponía, habida cuenta su formación técnica-profesional, extremar como era lógico y prudente los riesgos que podría correr el paciente por la selección del material terapéutico."
"...el fundamento de lo resuelto se exhibe como una reflexión dogmática, con mengua de recaudos cuya raigambre constitucional impone la descalificación de lo así decidido al no constituir una derivación razonada del derecho aplicable con referencia a las circunstancias probadas de la causa."
Se destacó que el prospecto advierte "debe emplearse con precaución en pacientes con antecedentes de hipersensibilidad a los analgésicos de este grupo", y que el imputado, cirujano con años de experiencia, conocía la alergia del paciente.
¿Cómo votaron los jueces?
No hubo votos en disidencia en la decisión de la Corte. La mayoría del tribunal de alzada (Sala V) había absuelto por error de hecho no imputable, criterio que fue dejado sin efecto.
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Normas que cita
- Ley 48arts. 15, 16 (segunda parte) · Justicia nacional
Fallos que cita
- Abelenda, Eloy Felipe s/ homicidio culposoCSJN · 08/08/1989 · Fallos 270:330
- Abelenda, Eloy Felipe s/ homicidio culposoCSJN · 08/08/1989 · Fallos 278:113
- Abelenda, Eloy Felipe s/ homicidio culposoCSJN · 08/08/1989 · Fallos 308:1892
- Fallos 270:330CSJN
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