JurisprudenciaARG
Corte Suprema

Enrique Rama c/ Municipalidad D' la Ciudad D' Buenos Aires

Diputados provinciales dedujeron acción de nulidad contra la resolución de la Convención Provincial de la Unión Cívica Radical que los expulsó del partido. Se resolvió que corresponde al juez federal conocer en el juicio, conforme al art. 50 de la ley orgánica de partidos políticos 23.298.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
Fallos 312:389
Competencia federal Partidos politicos Ley 23.298 Expulsion partidaria Nulidad Diputados provinciales Union civica radical Justicia electoral.

¿Quién es el actor?

Diputados provinciales.

¿A quién se demanda?

Unión Cívica Radical (Convención Provincial).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Nulidad de la resolución que los expulsó del partido.

¿Qué se resolvió?

Corresponde al juez federal conocer en el juicio (según el sumario; el texto del fallo no fue suministrado).

Normas que cita

  • Constitución Nacionalarts. 14, 17, 100, 101 · Constitucion nacional
  • Ley 48art. 14 · Justicia nacional
  • CPCCNarts. 94, 347 inc. 3 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
  • Ley 13.998art. 45 inc. b
  • Ley 23.549Reforma impositiva
  • Ley 23.298art. 50 · Ley organica de los partidos politicos
  • Decreto-ley 1285art. 24 inc. 7
  • CCT LCTarts. 131, 132, 133

Fallos que cita

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