JurisprudenciaARG
Corte Suprema

Carmen Beatriz Fenni Debasilico c/ Provincia de Buenos Aires

La actora demandó a la Provincia de Buenos Aires por los daños derivados de un certificado de dominio erróneo emitido por el Registro de la Propiedad, que informó como levantado un embargo. La Corte Suprema hizo lugar parcialmente a la demanda, reconociendo la responsabilidad provincial por la cancelación del gravamen hipotecario y condenando a pagar $24.220, mientras que los Dres. Levene (h), Barra y Fayt votaron en disidencia por el rechazo total.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
Fallos 315:2319
Responsabilidad del estado Registro de la propiedad Certificado de dominio Relacion de causalidad Prescripcion Danos y perjuicios Embargo Hipoteca Irregular ejecucion de servicio Negligencia de la actora

¿Quién es el actor?

Carmen Beatriz Fenni de Basílica.

¿A quién se demanda?

Provincia de Buenos Aires.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo de daños y perjuicios por la emisión irregular de un certificado de dominio que informaba erróneamente el levantamiento de un embargo sobre un inmueble que la actora había prometido comprar.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar parcialmente. Se condenó a la Provincia a pagar $24.220 con intereses al 6% anual desde el 24/03/1987 hasta el 30/04/1991, con costas 65% a la actora y 35% a la demandada. Se rechazó el reclamo por daño moral y los rubros 3 y 4 por falta de prueba. Se desestimó la defensa de prescripción.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El irregular levantamiento de la medida cautelar gravitó en la decisión de la actora de cancelar el gravamen hipotecario que pesaba sobre el bien como medio de seguir adelante la operación y obtener la escrituración, propósito que materializó con la iniciación del juicio pertinente. Las consecuencias del error registral -reconocido, por otra parte, por el organismo pertinente- asumen así relación causal suficiente con el daño invocado."

"Quien contrae la obligación de prestar un servicio lo debe realizar en condiciones adecuadas para llenar el fin para el que ha sido establecido, siendo responsable de los perjuicios que causare su incumplimiento o su irregular ejecución." (Fallos: 182:5, citado por la mayoría).

"Parece inapropiado extender sus efectos al perjuicio que significó para la actora la frustración de la escritura y la consiguiente pérdida del 50 % del precio abonado" (la mayoría excluyó este rubro).

¿Cómo votaron los jueces?

sostuvieron que "el irregular levantamiento de la medida cautelar no tiene relación de causalidad adecuada con la decisión de la actora de cancelar el gravamen hipotecario", por negligencia de la actora en la defensa de sus derechos, por lo que propusieron rechazar la demanda.

Normas que cita

  • CCIVILarts. 1111, 1112, 4037 · Codigo civil
  • Constitución NacionalConstitucion nacional
  • Ley 23.928art. 8 · Convertibilidad del austral
  • Ley 21.839arts. 6, 9, 22, 33, 37, 38 · Aranceles y honorarios de abogados
  • CPCCNart. 68 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

Fallos que cita

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.