QUINTEROS, OSCAR ALEJANDRO c/ PREVENCION ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
La parte actora cuestionó la tasa de interés fijada en primera instancia por un accidente de trayecto con incapacidad del 18,60% de la T.O. La Cámara modificó la sentencia y dispuso que el capital de condena se actualice por el decreto 669/2019 (variación del RIPTE) con una tasa de interés puro del 6% anual, desestimando la aplicación de las resoluciones 1039/2019 y 332/2023 de la SSN.
¿Quién es el actor?
José Alejandro Quinteros.
¿A quién se demanda?
Prevención ART S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Recurso interpuesto contra la Disposición de Alcance Particular del Servicio de Homologación, por el accidente de trayecto sufrido el 20/10/2022. La sentencia de grado había condenado a Prevención ART S.A. a abonar $1.568.578,55 con intereses equivalentes al promedio de la tasa activa del Banco de la Nación Argentina.
¿Qué se resolvió?
Modificar la sentencia apelada conforme el considerando III del primer voto. Imponer las costas de primera instancia y de alzada a la demandada vencida (art. 68 CPCCN). Regular honorarios de la representación de la parte actora en 43 UMA, de la demandada en 41 UMA y de la perita médica en 11 UMA. Regular honorarios de los firmantes de los escritos dirigidos a la Cámara en el 30% de lo que les corresponda por la instancia anterior (art. 38 L.O. y art. 30 ley 27.423).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El Dr. Catani sostuvo que, conforme la causa "Medina, Lautaro c/ Provincia ART S.A." (Sala I, 25/10/2022), corresponde aplicar el decreto 669/2019, que "aunque inválido como decreto de necesidad y urgencia, resulta válido y aplicable como un decreto delegado que ejerce la prerrogativa expresamente autorizada por la LRT en su artículo 11.3 (art. 76 Constitución Nacional)". Explicó que el decreto "establece un índice de actualización basado en la evolución de los salarios", y que "el mecanismo de los dos primeros incisos del nuevo artículo 12 de la ley 24.557 (según decreto 669/2019) permite llegar a un valor actualizado de la tarifa legal, lo que se corresponde con la noción de 'deudas de valor' contenida en el artículo 772 del Código Civil y Comercial de la Nación". Respecto de la tasa, señaló que "resulta inapropiado acudir a la aplicación de una tasa bancaria" y que "parece más correcto liquidar los intereses devengados aplicando ... una tasa de interés puro", por lo que propuso "una tasa de interés puro del 6% anual". Sobre las resoluciones 1039/2019 y 332/2023 de la SSN, sostuvo que "constituyen un evidente exceso reglamentario" y que la reglamentación "transgrede expresamente el marco de competencia atribuida en la norma de fondo". Rechazó la capitalización única solicitada por la actora porque "la acumulación de intereses prevista por el inciso b) de artículo 770 del Código Civil y Comercial de la Nación ... es un instituto propio del sistema nominalista", mientras que la actualización por RIPTE responde a un sistema valorista. La Dra. Vázquez adhirió al voto del Dr. Catani en su totalidad.
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Normas que cita
- Ley 24.557art. 12 · Ley de riesgos del trabajo
- Decreto 669/2019art. 12
- Ley 27.348art. 2 · Riesgos del trabajo
- Ley 26.773arts. 2, 8, 17.6 · Riesgos del trabajo
- Ley 26.417art. 2 · Prestaciones previsionales
- Ley 23.928arts. 7, 10 · Convertibilidad del austral
- Ley 27.802art. 276 · Ley de modernizacion laboral
- CCyCNarts. 770, 772, 1748 · Codigo civil y comercial de la nacion
- Ley 27.423arts. 16, 30 · Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
- Resolución 1039/2019
- Resolución 332/2023
- Constitución Nacionalarts. 28, 76 · Constitucion nacional
- CPCCNarts. 68, 279 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
Fallos que cita
- Medina, Lautaro c/ Provincia ART S.A.CNAT Sala I · 25/10/2022
- Cedron, Daniel Federico c/ Provincia ART S.A.CNAT Sala II · 28/02/2024
- Carballo, Néstor Exequiel c/ Provincia ART SACNAT Sala I · 26/08/2024
- Fallos 322:1318CSJN
- Fallos 318:1707CSJN
- Fallos 319:1915CSJN
- Fallos 341:1063CSJN
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