SANCHEZ SANTOS DANIEL Y OTROS c/ MINISTERIO DE SEGURIDAD Y OTROS s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
Los jubilados de la Gendarmería Nacional demandaron la inconstitucionalidad del Decreto 679/1997, que elevó del 8% al 11% los aportes previsionales sobre sus haberes. La jueza hizo lugar a la demanda en cuanto declaró inconstitucional el decreto, por no cumplir los requisitos de rigurosa excepcionalidad y urgencia del artículo 99 inciso 3 de la Constitución Nacional, y ordenó el reintegro de las sumas descontadas desde el 21.11.2022.
¿Quién es el actor?
Sanchez Santos Daniel, Silvero Hugo Ricardo y Suarez Nelson Hugo.
¿A quién se demanda?
Ministerio de Seguridad; Gendarmería Nacional; Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
declaración de inconstitucionalidad del Decreto 679/97 y cese inmediato del descuento del 3% adicional sobre los haberes de los actores.
¿Qué se resolvió?
el tribunal hizo lugar a la demanda en cuanto persigue la declaración de inconstitucionalidad del Decreto 679/1997. Ordenó a la demandada practicar la liquidación dentro de los 90 días de firme la sentencia y pagar, en su caso, el haber reajustado. Admitió la excepción de prescripción, por lo que las diferencias retroactivas se computan desde el 21.11.2022 (dos años antes de la demanda). Dispuso la aplicación de la tasa pasiva del Banco Central sobre las sumas devengadas, impuso las costas a la demandada vencida y difirió la regulación de honorarios para la etapa de ejecución.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El art. 99 inc. 3° de la Constitución Nacional habilita al Poder Ejecutivo Nacional al dictado de decretos de necesidad y urgencia, ante la existencia de circunstancias excepcionales que hicieran imposible el seguimiento de los trámites ordinarios previstos por la Constitución para la sanción de las leyes y siempre que no se trate de las materias penal, tributaria, electoral o el régimen de los partidos políticos."
"Sin embargo, el Alto Tribunal consideró que los fundamentos dados por el Poder Ejecutivo Nacional no alcanzan para poner en evidencia que el dictado del decreto en cuestión haya obedecido a la necesidad de adoptar medidas inmediatas para paliar una situación de rigurosa excepcionalidad y urgencia que pusiera en riesgo el normal funcionamiento del sistema previsional de la Gendarmería Nacional, sino que por el contrario, tradujo la situación de modificarlo de manera permanente, sin recorrer el cauce ordinario que la Constitución prevé (Fallos: 322:1726)."
"Por ello y siguiendo la doctrina sentada por el Alto Tribunal en el fallo mencionado, haré lugar a la demanda en cuanto declara la inconstitucionalidad del Decreto 679/1997."
"En lo que concierne a las restantes cuestiones alegadas, omito pronunciarme por considerarlas inconducentes para la solución de la controversia."
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Normas que cita
- Decreto 679
- Constitución Nacionalart. 99 inc. 3 · Constitucion nacional
- Ley 23.627art. 2 · Jubilaciones y pensiones
- Ley 19.349Gendarmeria nacional
- Ley 22.788Gendarmeria nacional
- Ley 11.672art. 68 · Permanente de presupuesto
- Decreto 1110art. 132
- Ley 27.423art. 2 · Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
- Acordada 10art. 7
Fallos que cita
- Pino Seberino y otros c/ Estado Nacional-Ministerio del InteriorCSJN · 07/10/2021
- Fallos 322:1726CSJN
- Fallos 272:225CSJN
- Causa 91131/2017CFSS Sala 1
- Expediente 51500/2022CFSS Sala 2
- Expediente 38055/2023CFSS Sala 3
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