MEDINA JOSE LUIS c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El jubilado Medina promovió demanda contra la ANSeS reclamando el reajuste de su Prestación Básica Universal y la inconstitucionalidad de las leyes 27.426, 27.541 y 27.609. La Cámara Federal de la Seguridad Social, por mayoría, revocó la sentencia de primera instancia y rechazó la demanda en todas sus partes.
¿Quién es el actor?
José Luis Medina, beneficiario previsional (derecho adquirido el 18/10/2017, ley 24.241).
¿A quién se demanda?
ANSeS.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reajuste de la Prestación Básica Universal; inconstitucionalidad de las leyes 27.426, 27.541 y 27.609; inaplicabilidad de la Resolución SSS 06/09; incorporación de bonos y refuerzos previsionales al haber; igualdad frente a quienes percibieron refuerzos.
¿Qué se resolvió?
la Cámara revocó la sentencia apelada y rechazó la demanda en todas sus partes. Declaró inatendibles los planteos sobre las leyes 27.426, 27.541 y la Resolución SSS 06/09 por cosa juzgada, en virtud de lo resuelto en la causa CSS 24674/2021, firme. Respecto de la ley 27.609 no declaró inconstitucionalidad alguna, y rechazó la incorporación de bonos y refuerzos al haber por tratarse de una modificación de las pautas legales de determinación de la prestación (art. 17 ley 24.241). Impuso costas por su orden y reguló honorarios según la parte resolutiva.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"...la Carta Magna dispone que las jubilaciones deberán gozar de movilidad, más no establece su método, ya que ello es potestad del Congreso, debiéndose siempre ejercer de modo razonable y conforme a las pautas constitucionales..."
"...la declaración de inconstitucionalidad constituye la más delicada de las funciones susceptibles de encomendarse a un tribunal de justicia, configurando un acto de suma gravedad institucional, que debe considerarse como última ratio del orden jurídico..."
"...no se evidencia irracionabilidad manifiesta, por lo que no se encuentra vulnerado el mandato constitucional del art. 14 bis de la CN."
"...tales conceptos no integran, por su propia naturaleza y finalidad, el haber previsional ni constituyen un componente permanente de la prestación."
¿Cómo votaron los jueces?
deja a salvo su opinión sobre la inconstitucionalidad de la ley 27.609 y los bonos extraordinarios, y difiere su tratamiento a la etapa de ejecución.
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Normas que cita
- Ley 24.463art. 9 · Solidaridad previsional
- Ley 24.241arts. 26, 17 · Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
- Resolución 06/09
- Ley 27.426art. 2 · Reforma previsional
- Ley 27.541Emergencia publica
- Ley 27.609Indice de movilidad jubilatoria
- Constitución Nacionalarts. 14 bis, 75 · Constitucion nacional
- CPCCNarts. 279, 347 inc. 6, 68 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
- Ley 27.423arts. 16, 19, 30, 36, 51 · Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
- CCyCart. 1255 · Codigo civil y comercial de la nacion
Fallos que cita
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- Quintana, Juan Carlos c/ ANSeS s/ Reajustes VariosCFSS Sala III
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- Fallos 260:153CSJN
- Fallos 286:76CSJN
- Fallos 194:383CSJN
- Fallos 293:455CSJN
- Fallos 193:393CSJN
- Fallos 300:1087CSJN
- Fallos 301:962CSJN
- Fallos 302:457CSJN
- Fallos 302:1149CSJN
- Fallos 303:241CSJN
- Fallos 319:3148CSJN
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