LEYRA, JULIO MAURICIO c/ OSPECON s/PRESTACIONES MEDICAS
Julio Mauricio Leyra promovió acción de amparo contra OSPECON para obtener la cobertura de un módulo de neurorrehabilitación integral intensiva tras un accidente cerebrovascular. El juzgado declaró abstracta la causa por el allanamiento y cumplimiento de la obra social, pero le impuso las costas a la demandada y reguló honorarios al patrocinante.
¿Quién es el actor?
Julio Mauricio Leyra, afiliado a OSPECON, representado por el Dr. Javier Nicolás Massafra.
¿A quién se demanda?
Obra Social del Personal de la Construcción (OSPECON).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
cobertura del Módulo de Rehabilitación Ambulatoria Integral Intensivo en el Centro IMAC de Rosario de Lerma, prescripto por los médicos tratantes para el período junio-diciembre de 2026, tras un accidente cerebrovascular isquémico de fosa posterior.
¿Qué se resolvió?
se declaró abstracta la causa, con costas a la accionada, y se regularon honorarios al Dr. Javier Nicolás Massafra en $1.483.874, equivalentes a 14 UMA, a cargo de la condenada en costas.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"…en el presente caso nos encontramos frente a un allanamiento de la obra social, el cual ha sido definido como la declaración de voluntad del demandado en cuya virtud reconoce la fundabilidad de la pretensión impuesta por el actor…"
"…fue la propia conducta de la demandada, la que motivó el inicio del presente amparo, ya que de las constancias de autos se advierte que la cobertura del módulo de neurorrehabilitación integral intensiva fue autorizada recién el día 02/07/26…, es decir, con posterioridad al inicio de la acción y tras el dictado de la medida cautelar ordenada en autos."
"…debe desestimarse el pedido de eximición de costas."
"…habiendo dado cumplimiento la prestataria a su obligación…, considero que en autos la cuestión se ha tornado abstracta."
Con base en el art. 70 inc. 1° del Código Procesal, el juzgado rechazó la eximición de costas pedida por la demandada, porque la obra social se allanó tarde, después de la demanda y de la medida cautelar.
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Normas que cita
- Constitución Nacionalarts. 43, 33 · Constitucion nacional
- Ley 16.986art. 8 · Amparo
- Ley 27.148art. 2 inc. b · Ministerio publico fiscal
- Ley 27.423arts. 16, 21, 48, 51, 54 · Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
- Acordada 25/2026
- Resolución SGA 2372/26
- Decreto 1077/17
Fallos que cita
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