LEIVA, JORGE MARTIN c/ ANSES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD
El actor, titular de un beneficio previsional otorgado bajo la ley 24.241, reclamó el reajuste de su haber inicial por movilidad. La Cámara Federal de Córdoba modificó la sentencia de primera instancia y dejó sin efecto la aplicación del índice ISBIC del fallo Elliff, ordenando actualizar las remuneraciones conforme a la ley 27.426 por ser esa la normativa vigente a la fecha de obtención del beneficio.
¿Quién es el actor?
Jorge Martín Leiva.
¿A quién se demanda?
ANSES.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reajuste de haberes por movilidad; recálculo del haber inicial (PC y PAP) con actualización de remuneraciones según índices del fallo "Elliff"/"Blanco" frente a los de la ley 27.426.
¿Qué se resolvió?
la Cámara modificó la sentencia de grado, dejando sin efecto la aplicación del índice ISBIC y ordenando actualizar las remuneraciones conforme al método de la ley 27.426 y concordantes; confirmó lo demás que decide y fue materia de agravio; impuso las costas de Alzada en el orden causado, con honorarios a la representación de la parte actora (30% de lo que se regule en grado) y sin regulación para la letrada de ANSES por ser profesional a sueldo.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"...se debe valorar la fecha de obtención del beneficio y las pautas establecidas en los artículos 24 inc a) y 97 de la Ley 24.241..."
"...toda vez que el actor adquirió el derecho al beneficio ya entrada en vigencia la ley 27.426 que introduce la modificación al art. 2° de la ley 26.417, debe estarse a los índices allí establecidos..."
"...deviene inaplicable la doctrina del fallo 'Blanco'... ya que con el dictado de la ley 27.426 el Congreso reasumió la potestad de fijar los indicadores que dan adecuada respuesta en el caso, por cuanto no surgen periodos sin actualización, y los mismos no resultan irrazonables ni arbitrarios."
Se cita en apoyo la jurisprudencia de la Cámara Federal de la Seguridad Social (Salas I y III) y el fallo de la CSJN "Fernández Pastor" (04/12/2025) sobre la validez constitucional de la normativa.
Sobre Ganancias, el Tribunal remite a "García, María Isabel" (CSJN, 26/03/2019) y rechaza el agravio.
Sobre costas de grado, se aplica el régimen general del CPCCN, remitiendo a la inconstitucionalidad del art. 21 de la ley 24.463 declarada en "Ramos" y "Cattaneo" y a "Morales" (CSJN, 22/06/2023) respecto del art. 36 de la ley 27.423; como la demandada resultó vencida en grado, se rechaza el agravio.
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Normas que cita
- Ley 24.241arts. 24, 97 · Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
- Ley 27.426art. 2 (modif. art. 2° ley 26.417) · Reforma previsional
- Ley 26.417art. 2 · Prestaciones previsionales
- Ley 27.260Reparacion historica para jubilados y pensionados
- Ley 27.423arts. 30, 36 · Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
- Ley 24.463art. 21 · Solidaridad previsional
- Ley 20.628Impuestos a las ganancias
- CPCCNart. 68 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
Fallos que cita
- ElliffCSJN
- BlancoCSJN
- García, María IsabelCSJN · 26/03/2019
- Fernández Pastor, Miguel Ángel c/ ANSeSCSJN · 04/12/2025
- Morales, Blanca Azucena c/ ANSeSCSJN · 22/06/2023
- Ramos, Miguel Efraín c/ ANSESCFed. Córdoba Sala A · 02/12/2015
- Cattaneo, Oscar c/ ANSESCFed. Córdoba Sala A · 02/12/2015
- Marti, Diana Silvia c/ ANSESCFSS Sala I · 08/07/2024
- Iglesias, Claudia Alejandra c/ ANSESCFSS Sala III · 01/04/2026
- Arte Radiotelevisivo Argentino S.A. c/ Estado nacionalCSJN · 11/02/2014
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
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