CAAITBA C/ BRENA HORACIO FERNANDO S/ APREMIO
La Cámara confirmó la resolución que tuvo por no formulada la presentación electrónica del demandado por carecer de firma ológrafa auténtica, al verificarse que la firma insertada en la copia digitalizada era una imagen recortada y pegada de otro documento. Se concluyó que el acto es inexistente y no susceptible de convalidación posterior.
¿Quién es el actor?
Caja de Previsión Social para Agrimensores, Arquitectos, Ingenieros y Técnicos de la Provincia de Buenos Aires (CAAITBA).
¿A quién se demanda?
Horacio Fernando Brena.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobro de aportes previsionales en un proceso de apremio.
¿Qué se resolvió?
Se confirmó la resolución del 18/06/2026 que tuvo por no formulada la presentación del 01/06/2026, con costas de Alzada al demandado.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"la firma constituye un elemento esencial para la existencia de los actos jurídicos, por cuanto es el medio a través del cual se individualiza al autor y se exterioriza su voluntad (arts. 286 y 288 Cód. Civ. Com; 118 inc. 3 CPCC)."
"Por ende, ante la falta de rúbrica, corresponde declarar la inexistencia del escrito, lo que de suyo implica que este no es susceptible de ser ratificado o confirmado."
"se concluye que la copia digital del escrito aneja el 01/06/2026 contiene una firma del demandado recortada y pegada de otro documento; por lo que carece de efecto procesal alguno (arts. 288 Cód. Civ. Com; 118 inc. 3 CPCC; 5 Anexo I Ac. N°4013/2021 SCBA -texto según Ac. N°4039/2021 SCBA-)."
"no es posible sanear un acto inexistente, atento que en principio sólo pueden convalidarse o subsanarse las deficiencias de los actos procesales nulos."
La Cámara aclaró que no determina que la firma del escrito presentado el 14/10/2026 no pertenezca al demandado, sino que dicho ejemplar no es el original de la copia digitalizada.
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Normas que cita
- CCyCNarts. 286, 288, 259, 262, 284, 287 · Codigo civil y comercial de la nacion
- CPCC (Provincia De Buenos Aires)arts. 118, 56, 163, 164, 170, 260, 266, 270, 384, 68, 69, 48
- Resolución Ac. 4013/2021 (Provincia De Buenos Aires)art. 5 (Anexo I)
- Resolución Ac. 4039/2021 (Provincia De Buenos Aires)art. texto modificatorio del Ac. 4013/2021
- Constitución (Provincia De Buenos Aires)art. 168
Fallos que cita
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- Fallos 278:84CSJN
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- Fallos 314:1304CSJN
- Fallos 316:1189CSJN
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