ACOSTA SILVANA ROMINA C/ PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL
La trabajadora Silvana Romina Acosta demandó a la Provincia de Buenos Aires Autoasegurada por la indemnización por incapacidad laboral parcial, permanente y definitiva derivada de un accidente de trabajo. El Tribunal del Trabajo N° 5 hizo lugar a la demanda, actualizó el crédito por IPC más interés puro del 3% anual, dejó sin efecto la aplicación del DNU 669/19 y excluyó el IVA del tope de costas por mayoría.
¿Quién es el actor?
Silvana Romina Acosta (trabajadora, 32 años al momento del infortunio, incapacidad del 10,66%).
¿A quién se demanda?
Provincia de Buenos Aires Autoasegurada.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
indemnización por incapacidad laboral parcial, permanente y definitiva (art. 14 inc. 2 a, Ley 24.557) más el adicional del art. 3 de la Ley 26.773.
Antecedentes: el 26/02/2024 el Tribunal de Trabajo N° 5 dictó sentencia condenando a pagar $476.561,06, aplicando la modificación al art. 12 de la Ley 24.557 introducida por el DNU 669/19. La demandada interpuso recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley. El 2/09/2026 la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires hizo lugar al recurso, revocó la sentencia en cuanto aplicó el DNU 669/19, declaró su inconstitucionalidad en el caso y remitió los autos para un nuevo pronunciamiento.
¿Qué se resolvió?
hacer lugar a la demanda por $476.561,06 y, aplicando la doctrina de la SCBA en "Barrios" (declaración de inconstitucionalidad sobreviniente del art. 7 de la Ley 23.928), actualizar el crédito por IPC con un interés puro del 3% anual. Total de capital más intereses: $92.232.972,80. Costas a la demandada vencida. Depósito en diez días. Se dejan sin efecto los honorarios regulados en la sentencia anterior y se regulan nuevos honorarios. Se excluye el IVA de la limitación de costas. El voto del Dr. Novoa disiente en ese punto (IVA incluido en el tope del art. 730 CCyCN y 277 LCT) y en el método de actualización (propone RIPTE), aunque coincide con el monto de la condena al adherir al voto de la Dra. Slavin, quien es la preopinante.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"V.17.c. El juez o tribunal interviniente ha de establecer el mecanismo específico de preservación del crédito que, conforme a su estimación fundada, fuere el más idóneo para emplearse en el caso, en modo consistente con la plataforma de hecho que está en la base del litigio..." (del voto del Dr. Soria, citado en "Barrios").
"...el Máximo Tribunal de la Nación y los tribunales inferiores podrán -en el marco de su jurisdicción- declarar la inconstitucionalidad de leyes federales, nacionales o locales, decretos de necesidad y urgencia, decretos delegados, reglamentarios y autónomos, así como de resoluciones administrativas y actos jurídicos, aunque no existiera petición de las partes." (CSJN, Fallos 327:3677, "Vizzoti").
"Por todo ello, y atento el cotejo realizado, considero que el mecanismo más idóneo, justo y equitativo para el caso de autos es el IPC-INDEC en tanto mide la variación de precios de los bienes y servicios representativos del gasto de consumo de los hogares..." (voto de la Dra. Slavin).
"...resulta mi íntima convicción que en éste especial y específico caso se aplique como mecanismo de actualización el IPC con más la tasa de interés puro del 3% anual..." (voto de la Dra. Bartoli).
¿Cómo votaron los jueces?
"...el RIPTE constituye, dentro del propio sistema de riesgos del trabajo, un parámetro que guarda particular correspondencia con la finalidad reparadora de las prestaciones." Sobre el IVA: "...considero que el IVA debe ser incluido dentro del cálculo del tope previsto por los arts. 730 CCyCN y 277 LCT."
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Normas que cita
- Decreto 669art. 12
- Ley 24.557arts. 12, 14 inc. 2 a · Ley de riesgos del trabajo
- Ley 26.773arts. 3, 2, 8, 17 inc. 6 · Riesgos del trabajo
- Ley 23.928art. 7 · Convertibilidad del austral
- Ley 25.561Emergencia publica y reforma del regimen cambiario
- Ley 27.348Riesgos del trabajo
- CCCNarts. 730, 770 inc. b y c · Codigo civil y comercial de la nacion
- Ley 15.057 (Provincia De Buenos Aires)arts. 57, 59
- Ley 11.653 (Provincia De Buenos Aires)arts. 19, 55
- Ley 14.967 (Provincia De Buenos Aires)arts. 16, 21, 22, 23, 28, 43, 51, 54
- Ley 12.207 (Provincia De Buenos Aires)art. 35
- Ley 6.716 (Provincia De Buenos Aires)art. 14
- Constitución Nacionalarts. 14, 14 bis, 16, 17
- Constitución (Provincia De Buenos Aires)arts. 39, 168, 171
- Decreto 472
- Ley 20.744
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