MONSERRAT JUAN PABLO C/ FEDERACIÓN PATRONAL SEGUROS S.A.U. S/ FIJACION HONORARIOS EXTRAJUDICIALES (30678)
El Dr. Juan Pablo Monserrat promovió demanda de fijación de honorarios extrajudiciales contra Federación Patronal Seguros S.A.U. por su actuación como letrado del trabajador ante la Comisión Médica N° 392 de Pilar (expediente SRT 191243/24). El Tribunal rechazó la excepción de falta de legitimación activa y pasiva, hizo lugar a la demanda y reguló honorarios en 10 JUS a cargo de la aseguradora, por aplicación de la ley 14.967 y del artículo 1 de la ley 27.348.
¿Quién es el actor?
MONSERRAT JUAN PABLO, por derecho propio, abogado patrocinante del trabajador Gomez Oscar Alejandro.
¿A quién se demanda?
FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A.U., aseguradora de riesgos del trabajo.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
regulación de honorarios profesionales por la actuación del letrado en el procedimiento administrativo ante la Comisión Médica N° 392 de Pilar, expediente SRT 191243/24, en el que se concluyó que el trabajador posee secuelas generadoras de incapacidad laboral y se ordenó la continuidad de prestaciones a cargo de la ART.
¿Qué se resolvió?
se rechazó la excepción de falta de legitimación activa y pasiva opuesta por la demandada y se hizo lugar a la demanda. Se regularon los honorarios del Dr. Monserrat en 10 JUS ($532.320), con más el porcentaje legal, y se impusieron las costas a la demandada en calidad de vencida, regulando en 7 JUS cada uno los honorarios de los letrados intervinientes, Dr. Monserrat y Dr. Massa. Se intimó al pago de la tasa de justicia ($11.711,04) y la sobretasa ($585,55).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"el último párrafo del art. 1 de la ley 27.348 establece que 'Los honorarios profesionales que correspondan por patrocinio letrado y demás gastos en que incurra el trabajador a consecuencia de su participación ante las comisiones médicas estarán a cargo de la respectiva aseguradora de riesgos del trabajo (A.R.T.).'"
"el art. 37 de la indicada resolución dispone que: 'Respecto de los honorarios profesionales de los abogados patrocinantes de los trabajadores o sus derechohabientes que se encuentran a cargo de las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo o Empleadores Autoasegurados, por su labor profesional conforme lo descripto en el párrafo anterior, resultarán de aplicación los porcentajes previstos en las disposiciones de las leyes de aranceles de cada jurisdicción, de corresponder. Ello, únicamente en el caso de que su actuación profesional resultare oficiosa y se hubiera reconocido total o parcialmente la pretensión reclamada por el damnificado en el procedimiento ante las Comisiones Médicas'."
"la ley arancelaria local 14.697 resulta ser la norma de aplicación a los fines de regular los honorarios profesionales del accionante de autos por los trabajos desarrollados por ante la Comisión Médica de PILAR en el tramite de determinación de incapacidad, así como que la demandada es la obligada al pago de dichos estipendios."
"De conformidad con el artículo 37 de la resolución 298/2017, en ningún supuesto los honorarios profesionales se fijarán o regularán en el ámbito de las Comisiones Médicas, ni del Servicio de Homologación."
"Los arts. 44 inc. b y 55 de la ley 14.967 contemplan la regulación de honorarios por las acciones y peticiones de carácter administrativo."
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Normas que cita
- Ley 27.348art. 1 · Riesgos del trabajo
- Resolución 298/17arts. 36, 37
- Ley 14.967 (Caba)arts. 1, 2, 9, 15, 16, 21, 24, 25, 28, 43, 44, 51, 54, 55, 57
- Ley 14.697 (Provincia De Buenos Aires)art. 15
- Ley 15.057 (Provincia De Buenos Aires)arts. 31, 33, 54, 57, 89
- Ley 6716 (Provincia De Buenos Aires)art. 12
- Ley 8455 (Provincia De Buenos Aires)art. 12
- Ley 12.576 (Provincia De Buenos Aires)art. 38
- CPCC (Provincia De Buenos Aires)art. 375
- Ley 15563 (Provincia De Buenos Aires)art. 5
- Ley 11.594 (Provincia De Buenos Aires)art. 5
- CFPBA (Provincia De Buenos Aires)arts. 280, 295
- Decreto 298/2017art. 37
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.