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Primera Instancia

MONTENEGRO SILVIA RAMONA C/ OBISPADO DE QUILMES S/ DESPIDO

La actora promovió demanda por despido contra el Obispado de Quilmes y las partes arribaron a una conciliación por la suma de $21.000.000. El Tribunal del Trabajo Nº 2 homologó el acuerdo, otorgándole efectos de cosa juzgada tras considerar que no vulnera las disposiciones laborales de orden público de los arts. 15 y 263 LCT.

Fecha de la sentencia
Tribunal
TRIBUNAL DEL TRABAJO Nº 2 - QUILMES
Fuero
TRIBUNAL DE TRABAJO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
42136
Conciliacion Homologacion Despido Orden publico laboral Cosa juzgada Arts. 15 y 263 lct Honorarios Tasa de justicia Cuenta sueldo Tribunal del trabajo n? 2

¿Quién es el actor?

MONTENEGRO SILVIA RAMONA.

¿A quién se demanda?

OBISPADO DE QUILMES.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reclamo por despido (causa 42136, "MONTENEGRO SILVIA RAMONA C/ OBISPADO DE QUILMES S/ DESPIDO").

¿Qué se resolvió?

el Tribunal homologó la conciliación celebrada entre las partes por la suma de PESOS VEINTIUN MILLONES ($21.000.000), imputable a los rubros reclamados en autos y en la forma pactada. Costas conforme a lo solicitado. Se fijó tasa de justicia en $462.000 más sobretasa de $23.100 de la Caja de Abogados. Se regularon honorarios a los letrados de ambas partes y a la perita contadora VERONICA ANAHI STAZI por $1.050.000, más IVA si corresponde. Se dispuso el pago del capital en la cuenta sueldo de la trabajadora y el pago de honorarios en las cuentas personales de los profesionales.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La conciliación arribada alcanza, a mi entender, una justa composición de los derechos e intereses de las partes no enervando consecuentemente, las disposiciones laborales de orden público emanado de los arts.15 y 263 L.C.T., por lo que corresponde su homologación para que las mismas puedan beneficiarse con los efectos de la cosa juzgada (art. 30 de la Ley 15.057 - RC 1840/24 SCBA). .-Costas conforme a lo solicitado.-"

Los señores Jueces Amodio y Ginocchio adhirieron "por las mismas consideraciones".

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